POLÍTICA

Los partidos andaluces pidieron un adelanto al Parlamento para sus gastos electorales

Acuerdo unánime para firmar un crédito extraordinario por 9,3 millones de euros que se repartirán en función de los votos obtenidos

Pleno del Parlamento de AndalucíaJ.M. SERRANO

STELLA BENOT

Ni una sola palabra han pronunciado los portavoces de los cinco grupos políticos en el Parlamento andaluz, PSOE, PP, Podemos, Ciudadanos e IU , cuando se ha aprobado incluir en el Pleno que se celebrará la próxima semana una ley para conceder un crédito extraordinario por valor de 9,3 millones de euros para sufragar los gastos electorales del pasado 26J.

Esta ley, además, se aprobará por lectura única. Es decir, por el trámite parlamentario más breve, sin intervenciones de los grupos políticos y sin posibilidad de debate. El camino más rápido para que sea aprobada sin demasiado ruido mediático y para que, además, entre en vigor en el menor plazo de tiempo posible.

Claro que los partidos políticos tampoco tienen demasiada urgencia en cobrar lo que corresponde a cada uno -y que se calcula en función de los votos y los escaños obtenidos en los comicios- ya que todos han pedido un adelanto de este dinero para poder hacer frente a sus actos electorales y de campaña. Así, ya se han cobrado 8,3 millones de euros por adelantado.

Se resta del pago de la deuda pública

Como estas segundas elecciones no estaban previstas, estos 9,3 millones de euros no constaban en el Presupuesto 2016 por lo que será necesario hacer una modificación presupuestaria para ello. Según se aprobará la próxima semana, este dinero se detraerá de las partidas destinadas al pago de la Deuda Pública , concretamente al programa 0.1.A. «Administración. Gastos Financieros. Y Amortización de Deuda Pública», que se financia con fondos propios de la Junta.

Según consta en la Ley Electoral Andaluza , este dinero está destinado a pagar «los gastos originados por el envío directo y personal a los electores y electoras de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral».

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