Hacienda
María Jesús Montero responsabiliza a los ayuntamientos de la subida del IBI en un 3%
El Ministerio de Hacienda afirma que son ellos los que han pedido la revisión de los valores catastrales que provocan un impuesto mayor y que no es una decisión arbitraria
La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero , ha señalado este lunes a los ayuntamientos como responsables de la subida del IBI en un 3% para el próximo año 2020. Según una información que ha hecho llegar a ABC, los ayuntamientos de Sevilla, Cádiz, Huelva, Córdoba y Granada solicitaron por iniciativa propia a la Dirección General del Catastro la actualización de los valores catastrales en aplicación del artículo 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Es decir, s on los ayuntamientos quienes piden al Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General del Catastro actualizar, mediante la aplicación de coeficientes, los valores catastrales que en su momento se hubieran determinado para los inmuebles urbanos. El Ministerio de Hacienda se limita a apreciar que se cumplan los requisitos técnicos para la aplicación de estos coeficientes.
Por lo tanto, Hacienda no obliga a estos municipios a modificar sus valores catastrales sino que son los ayuntamientos quienes han solicitado voluntariamente una actualización que se les ha concedido al cumplir las condiciones para ello.
A modo de ejemplo, Cádiz solicitó en febrero de 2013 actualizar sus valores catastrales para el año 2014 y sucesivos y ha actualizado al alza sus valores catastrales en 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Granada , por ejemplo, los ha actualizado al alza en 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Los coeficientes de Huelva se han actualizado al alza en 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Además, todos estos municipios pueden, si así lo desean, comunicar el desistimiento de su solicitud de actualizar los valores catastrales. Basta hacerlo en la forma y plazos que marca la normativa.
El Ministerio de Hacienda recuerda que los ayuntamientos «tienen la competencia para modificar al alza o a la baja los tipos impositivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) hasta los límites legalmente establecidos».
En el caso de Jaén , el municipio está obligado a que se actualicen al alza los valores catastrales de sus inmuebles urbanos en aplicación del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros. Esta normativa establece que se aplicará de oficio la actualización de valores catastrales a los municipios que hayan solicitado medidas de apoyo en relación con las deudas de los municipios con acreedores públicos. Jaén se encuentra en esa situación y por ello figura en el listado de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales. No existe una decisión política o arbitraria, sino que el Ministerio de Hacienda se limita al estricto cumplimiento de la ley.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social. Entre otras medidas, se aprobaron los coeficientes de actualización –al alza o a la baja- de los valores catastrales de inmuebles urbanos para 2020 en los términos del artículo 32.2 de la Ley del Catastro Inmobiliario. Como ya explicó el Ministerio de Hacienda, esta medida se debe adoptar por Real Decreto-ley a consecuencia de la prórroga presupuestaria, ya que resulta necesario que los coeficientes se aprueben antes del 1 de enero de 2020 mediante decreto, tal y como ha venido sucediendo en los tres últimos ejercicios.
El sábado, el BOE publicó este Real Decreto-ley y, además, la Orden HAC/1257/2019, de 17 de diciembre, por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales.
La lista de municipios en los que se aplicarán los coeficientes de actualización no la decide de forma arbitraria el Ministerio de Hacienda, sino que responde a las solicitudes previas de los ayuntamientos o, en su caso, a un imperativo legal, por encontrarse éstos en determinados problemas financieros.
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