Lista de admitidos de la Bolsa Única de la Junta: Cómo reclamar si hay algún fallo o te has quedado fuera

La administración ha indicado en unas instrucciones cómo se ha de proceder para subsanar posibles errores en la baremación o reconocimiento de documentación

La Bolsa Única publicó este jueves las primeras baremaciones ABC

M. Moguer

Este jueves se publicó parte de la lista de admitidos y no admitidos en la Bolsa Única de la Junta de Andalucía . Así, ya se conoce el resultado de la baremación de 13 categorías. Quienes quieras realizar una alegación contra las listas provisionales de personas admitidas y excluidas en la Bolsa Única de la Junta de Andalucía, deberá hacerlo en un plazo de 10 días desde este viernes. Es decir, hay hasta el 23 de julio para ello.

La presentación de las alegaciones, explican desde la Junta de Andalucía, se hará «exclusivamente de forma telemática a través de la web del empleado público», donde hay que acceder con certificado digital o con el usuario y clave privada de acceso que se usó al tramitar el alta en el proceso.

Desde la Junta han detallado cuáles son las causas de inadmisión más frecuentes y cómo subsanar ese problemas. Así, una de las primeras es no haber marcado el cuadro «requisito de acceso» al subir la documentación de los méritos . Esto se puede solucionar «alegando estar en posesión del requisito de acceso indicando el número de documento y tipo de documento».

La inadmisión en la lista por no tener la titulación requerida se puede alegar presentando de nuevo los documentos exigidos y, si ya se presentó, se deberá comprobar si se marcó el indicador en el requisito de acceso. En caso de no haberlo marcado, se deberá indicar documento y tipo.

Si se ha denegado la admisión por «documentación de requisito no válida», las opciones pasan por readjuntar la titulación requerida teniendo en cuenta los plazos de validez de la documentación . Si el fallo está en la vida laboral, desde la Junta recuerdan la necesidad de acreditar el puesto exacto para el que se alega la experiencia. La denegación también puede ocurrir porque los documentos que se adjuntasen no fuesen legibles. En todo caso la subsanación pasa por presentar de nuevo los documentos defectuosos o que no se hubiesen presentado.

También se puede dar el fallo de «edad fuera de rango», en cuyo caso de puede alegar tener la edad requerida o que haya una discapacidad que no se ha acreditado debidamente . Igual pasa con quienes no han podido acreditar el idioma. En todos los casos la subsanación pasa por aportar los documentos requeridos en la base de la convocatoria en los diez días hábiles próximos .

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación