Tribunales

Los investigados pierden el primer asalto para que la juez Núñez Bolaños siga con las causas de corrupción

El juez de refuerzo desestima los recursos de dos defensas para apartarlo del caso del préstamo irregular concedido por la Junta a Santana Motor

El exconsejero de Empleo Antonio Fernández (izquierda) con su abogado Manuel Gómez

Antonio R. Vega

Las defensas de los ex altos cargos de la Junta de Andalucía investigados en las macrocausas de corrupción han perdido la primera batalla para que la juez de Sevilla María Núñez Bolaños siga instruyendo los sumarios que afectan a los gobiernos del PSOE, como los ERE, el presunto fraude de los cursos de formación, las irregularidades en los avales concedidos por la agencia IDEA o el préstamo de Santana.

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana , ha desestimado los recursos de reforma interpuestos por dos abogados defensores para que se anulen sus investigaciones al considerar que él no es el juez predeterminado por la ley para hacerse cargo de las mismas, sino Núñez Bolaños.

Las defensas impugnaron la providencia de 5 de octubre donde acordó unir a la causa, para su constancia y traslado a las partes y al Ministerio Fiscal, el plan de reparto de asuntos acordado entre los magistrados José Ignacio Vilaplana y María Núñez Bolaños de fecha 3 de agosto de 2020 y el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), de 14 de septiembre de 2020, por el que se aprobó la propuesta de dicho plan.

En un auto del 2 de diciembre pasado, facilitado por el TSJA, el juez de refuerzo rechaza la petición de la defensa del exconsejero de Empleo Antonio Fernández y de otro investigado , K. J. M., para suspender la investigación del préstamo de 36,1 millones de euros concedido por la Junta de Andalucía a la fábrica linarense pero que no fue devuelto nunca a la administración. El juez que se ha hecho cargo de las macrocausas ya se ha pronunciado en parecidos términos en otras resoluciones dictadas en distintas causas en relación a este mismo asunto.

En su resolución, el magistrado señala que dicha solicitud «carece de amparo normativo, teniendo en cuenta el carácter vinculante y ejecutivo» del acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJA, «y no apreciándose motivo alguno de nulidad de actuaciones, en particular, por vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, cuyo riesgo de conculcación se aduce».

«Con independencia de que [...] no se habría producido ninguna asignación ad hoc de juez instructor, lo cierto es que la correspondiente parte recurrente no cuestiona en modo alguno la independencia e imparcialidad de criterio del magistrado-juez de refuerzo, y no existe indicio alguno que permita deducir que dicha imparcialidad pudiera estar comprometida, de modo que no resulta apreciable, y no podría entenderse producida, la aducida vulneración del derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley», argumenta.

La decisión del Juzgado viene avalada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla. La sala que resuelve los recursos del caso ERE ya desestimó, el 22 de octubre pasado, el recurso de apelación interpuesto por una acusación particular contra el auto por el que la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, admitía el recurso de reforma interpuesto por la defensa contra un auto de procedimiento abreviado suscrito por el Juez de refuerzo sobre otra investigación que ha sido asumida por esta magistrada, «en aplicación del Plan de Actuación de 3 de agosto de 2020.

Renuncia para «evitar dilaciones»

La juez María Núñez Bolaños justificó su retirada de la instrucción de los casos de corrupción y la cesión de los mismos a su juez de apoyo por « evitar dilaciones en la sustanciación de las denominadas macrocausas (ERE, Formación, Faffe, IDEA, etc.) que se siguen en este órgano judicial». En estos términos lo recoge el plan de actuación pactado con el juez de refuerzo, José Ignacio Vilaplana, que aprobó el 14 de septiembre pasado la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Dicho acuerdo ha sido impugnado por letrados de ex altos cargos investigados ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que consideran que la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla es quien debe asumir estas investigaciones y no el juez de apoyo. De lo contrario, se produce una vulneración del derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la ley, sostienen. El CGPJ ha designado dos ponentes para estudiar estos recursos.

En el plan propuesto que validó el TSJA, al que ha accedido ABC, Núñez Bolaños y Vilaplana recuerdan que durante la baja médica de la titular, que se prolongó desde el 3 de septiembre de 2019 hasta el 3 de agosto pasado, el juez de apoyo asumió «el conocimiento de la totalidad de las causas que se instruyen y tramitan».

Ante la «imposibilidad» de que un solo magistrado asumiese todos los procedimientos, el titular de otro juzgado (Instrucción número 9), Juan Jesús García Vélez , le prestó apoyo de forma voluntaria. Dicho refuerzo cesó una vez reincorporada la juez Núñez Bolaños. Recibió el alta un mes antes de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) diera carpetazo a la investigación abierta a la juez del caso de los ERE a raíz de una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción, que la acusaba de incurrir en «retrasos injustificados» y «desatención» de los casos ERE, Avales y Agencia IDEA.

Para justificar la reasignación de tareas, el plan de actuación destaca «la experiencia obtenida en el juzgado» por parte de Vilaplana en la instrucción de las macrocausas, «obteniendo un conocimiento preciso de su problemática, objeto y naturaleza» de las citadas instrucciones. Además, apela a « necesidades del servicio vinculadas al mantenimiento y continuidad de los trámites, señalamientos y diligencias pendientes» adoptadas por este juez y al «avance» de las causas. En virtud del nuevo plan de trabajo, Núñez se encargará de los asuntos ordinarios. Las guardias de incidencias y detenidos se realizarán alternativamente por ambos jueces.

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