Andalucía

Investigados instan a que la juez María Núñez Bolaños siga con las macrocausas de corrupción

Varias defensas impugnan el acuerdo para ceder a Vilaplana la instrucción de casos ERE, Faffe, Avales, IDEA y Formación

La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Julio Muñoz

Antonio R. Vega

Las defensas de investigados en distintas causas de corrupción (ERE, Avales, Formación, Faffe, Cárnicas Molina o Santana) no quieren que la magistrada María Núñez Bolaños deje de instruir estos sumarios y ven ilegal su renuncia amparándose en un acuerdo alcanzado con su juez de refuerzo. Varios abogados consultados por ABC han impugnado –o están a punto de hacerlo– el pacto suscrito por la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla y su juez de refuerzo, José Ignacio Vilaplana, para que éste se encargue de las macrocausas, y Núñez Bolaños asuma los asuntos ordinarios del órgano que dirige, los juicios por delitos leves y las guardias.

El plan de reasignación de las tareas del juzgado, que ha sido aprobada por la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se fraguó después de que el Consejo General del Poder Judicial archivara una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción contra la magistrada por «paralizar» los casos ERE, Avales e IDEA.

El letrado Juan Carlos Alférez, que defiende a distintos investigados inmersos en los casos ERE, Avales, Formación y Faffe, ha presentado diez recursos ante el juzgado en los que se opone al acuerdo alegando que María Núñez es la juez predeterminada por la ley para inst ruir estas causas. En su escrito solicita que se «decrete la nulidad» de todas las actuaciones adoptadas por el juez de apoyo ruir estas causas.desde que la titular se reincorporó al juzgado a principios de agosto, tras estar once meses de baja médica, en los cuales Vilaplana se hizo cargo de las macrocausas en las que están incursos decenas de ex altos cargos de la Junta de Andalucía en la etapa del PSOE.

Nulo de pleno Derecho

«El acuerdo es nulo de pleno Derecho en la medida en que, por razón de esta decisión, se atribuye a un magistrado de apoyo la instrucción de una causa abierta y en trámite», señala el letrado. Alega que esta decisión vulnera el artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial que estipula que los jueces de apoyo únicamente podrán ocuparse de los asuntos de nuevo ingreso o pendientes de señalamiento.

Alférez, que defiende, entre otros, al exconsejero Ángel Ojeda –investigado por malversación en los cursos de formación en Delphi–, esgrime que «en el caso que nos ocupa, no hay distribución [de asuntos] sino más bien atribución; por las razones que fueren y que aún no conocemos, la titular del juzgado ha desistido de instruir unos asuntos en particular que se identifican de una manera concreta, específica y nominativa, asuntos que relega en su juez de apoyo». «Esto no puede resultar admisible sin vulnerar el derecho fundamental invocado», expone. «Podemos entender que la magistrada titular necesitase un apoyo extraordinario en su labor para instrucciones de nuevo cuño, pero lo que no parece tener explicación es por qué no es adecuado que la Sra. Núñez continúe» con estos casos, asevera, apelando para ello a la jurisprudencia.

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