POLÍTICA FISCAL
El impuesto de sucesiones lastra el relevo generacional en el campo
Asaja reclama a la Junta de Andalucía que modifique la normativa para evitar agravios en el sector agrario
La organización agraria Asaja lidera una campaña contra el impuesto de sucesiones y donaciones destinada a mitigar el coste de la herencia de las explotaciones, con la eliminación de las trabas fiscales que en Andalucía dificultan el relevo generacional en el campo. Teóricamente, el impuesto por recibir en herencia una finca no tendría que sobrepasar el 1 por ciento de su valor. El conflicto surge cuando se tienen que superar una serie de condiciones que no están al alcance de la mayoría. A modo de ejemplo, si tales requisitos no se cumplen, por una finca de un millón de euros se debe pagar 260.000.
Daniel Martín, asesor jurídico de Asaja, es el autor de un documentado informe en el que expone los cambios que deberían introducirse para sortear los obstáculos que actualmente imperan en la legislación estatal, a través de modificaciones en la normativa autonómica, que es la competente a la hora de fijar las exenciones. El informe, remitido a la Junta de Andalucía, incluye también las medidas adoptadas en cada una de las comunidades, una dinámica a la que no se ha incorporado Andalucía. La otra excepción es Asturias.
Según Asaja, la Junta debería introducir las siguientes modificaciones:
1. No exigencia del requisito del ejercicio habitual, personal y directo, y de principal fuente de renta, en la persona del causante (fallecido), sino en los cónyuges, descendientes, y colaterales hasta el tercer grado. En opinión de Asaja, exigir el ejercicio habitual, personal y director de la actividad por el propietario de la finca, hasta su fallecimiento, impide el relevo generacional en el campo andaluz.
2. No exigencia del requisito del principal fuente de renta, o en todo caso, exigencia sin incluir las ganancias y pérdidas patrimoniales y pudiendo cumplir los requisitos en cualquiera de los tres años anteriores al fallecimiento.
3. Reducción propia del 99% para aquellas fincas de dedicación forestal gestionadas de acuerdo con planes técnicos de gestión forestal, ordenación de montes o repoblación.
4. Establecer la posibilidad de pago del impuesto con bienes de la herencia cuando no haya liquidez en la misma, esto es, la dación en pago.
Las organizaciones agrarias mantuvieron una reunión con el grupo de trabajo creado por el PSOE y C’s en el Parlamento, donde expusieron sus peticiones, y esperan la respuesta.
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