Justicia en andalucía

Discrepancias en el Poder Judicial sobre la instrucción de la juez Núñez Bolaños

Dos vocales del Consejo se oponen al archivo del expediente abierto a la juez por la denuncia de la Fiscalía Anticorrupción

María Núñez Bolaños es titular del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla EFE

S.A.

Dos vocales de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se han opuesto a archivar el expediente abierto a María Núñez Bolaños , juez de Instrucción 6 de Sevilla, a pesar de que el Promotor de la Acción Disciplinaria no advirtió irregularidades en su trabajo en las piezas del caso ERE.

Según ha informado la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Comisión ha acordado este jueves tomar conocimiento de la decisión que adoptó el Promotor después de estudiar la denuncia de la Fiscalía Anticorrupción contra la juez, si bien los vocales José Antonio Ballesteros y Nuria Díaz han votado en contra y la segunda formulará un voto particular .

El Promotor, Ricardo Conde , acordó en julio el archivo del expediente al no hallar falta disciplinaria de la instructora en la gestión de las macrocausas . que investiga la corrupción de altos de la Junta de Andalucía durante la etapa socialista. No obstante, su informe sólo se ciñó a los retrasos en la instrucción sin abordar otros aspectos relevantes de la queja, que en origen suscribieron todos los fiscales Anticorrupción de Sevilla, ya que las consideró «fuera del ámbito de actuación» del CGPJ. En esa denuncia de los fiscales se advertía entre otros extremos de los reiterados archivos de causas que luego eran devueltas por la Audiencia para su reapertura o la negativa de la magistrada a requerir pruebas solicitadas por el Ministerio Público.

La resolución se produjo después de que el Servicio de Inspección del CGPJ no apreciase desatención o falta de actividad en la magistrada y achacase los retrasos en su juzgado a la carga de trabajo y a la complejidad de asuntos como el de los expedientes de regulación de empleo de la Junta de Andalucía.

El informe, fechado el 16 de diciembre de 2019, fue el resultado de la visita que sus miembros cursaron en octubre al juzgado a raíz de una denuncia presentada en julio por el Fiscal Jefe de Anticorrupción , que atribuyó a la juez una falta muy grave o grave por «desatención y retraso injustificado» en su trabajo.

En sus conclusiones, Conde recordó que el juzgado en cuestión vive «una situación excepcional» desde 2011, cuando se incoaron las diligencias previas del caso ERE, y calificó ese contexto como «fuente inevitable de retrasos» al tener en cuenta «la estructura y competencias actuales de los juzgados de instrucción y el diseño vigente del proceso penal».

También recordó que Inspección había tildado el «control» de la magistrada sobre los procedimientos ordinarios y las macrocausas como «eficaz y exhaustivo» y la instrucción del caso ERE como «correcta, ágil y ordenada, con control de agendas».

El Promotor habló de «demoras» a finales de 2016 y en parte de 2017 que «no fueron denunciadas entonces» y que coincidieron con el momento en que Núñez Bolaños «recibió un mayor número de informes policiales derivados de las diligencias iniciales« que derivaron en la apertura de «cerca de doscientas piezas separadas, también de gran complejidad».

«La instrucción de todas las piezas se desarrolló con buen ritmo y transcurrió con normalidad», prosiguió Conde, y la juez respondió a las peticiones de las partes y tramitó los recursos «en tiempos razonables», por lo que «no cabe inferir la pasividad intencional o el descuido injustificable que la denuncia le atribuye».

En cuando a la «profunda discrepancia» de Anticorrupción con «numerosas decisiones» de la instructora, Conde explicó que esa cuestión quedaba «fuera del ámbito de actuación» del CGPJ.

Para el Promotor de la Acción Disciplinaria, los retrasos que denunció la Fiscalía pudieron deberse a «la complejidad de la actividad instructora desplegada«, a lo que Conde sumó el »gran número de incidentes procesales« presentados por todas las partes personadas y que »exigían una respuesta justificada« de la juez, »cuyas decisiones por lo general fueron confirmadas por la Audiencia Provincial«.

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