El despido de Bernat Soria en la Junta de Andalucía fue legal y no sufrió acoso ni discriminación

El científico y exministro de Rodríguez Zapatero pedía 300.000 euros por despido y 2,7 millones de euros por daños morales

Aún están pendiente de resolver la demanda de 40 millones de euros que presentó a la Junta por 10 patentes

Bernat Soria, científico y exministro de Sanidad
María Jesús Pereira

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Bernat Soria Escoms, ex ministro de Salud y Consumo en el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero , ha perdido la demanda que presentó contra la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud -dependiente de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía- por despedirle en mayo de 2019 como investigador del Centro Andaluz de Biología Molecular y Medicina Regenerativa (Cabimer).

El Juzgado Social 3 de Sevilla ha desestimado la demanda por despido y vulneración de derechos fundamentales por acoso, en la que el médico, catedrático y científico pedía una indemnización de 300.000 euros, así como 2,7 millones de euros por daños morales. La sentencia deja claro que el despido fue legal, que no sufrió acoso ni trato discriminatorio y que incumplió su deber de exclusividad al actuar como administrador y apoderado de sociedades con actividades similares a las que ejercía la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud, como era la investigación en el campo de la biotecnología o la medicina regenerativa, terapia y medicina celular. Contra este sentencia, Soria puede interponer un recuso de suplicación ante el Tribunal Superior de Juticia de Andalucía (TSJA). Soria ha anunciado que recurrirá si hace falta hasta el Supremo.

El exministro tiene abierto otra pleito contra la Junta de Andalucía, a la que reclama 40 millones de euros por los derechos que tendría sobre 10 patentes que se registraron durante su etapa como investigador de la Junta de Andalucía. Además, aún le queda por celebrar otro juicio por su 'despido' cautelar a finales de 2019.

Soria estuvo en la Junta durante dos etapas. La primera en 2005, contratado por Manuel Chaves , para crear los laboratorios de investigación celular. Entonces, l a Fundación Progreso y Salud (FPS ) le hizo un contrato de trabajo de alta dirección, por tiempo indefinido, para prestar servicios como director de Cabimer a fin de impulsar mediante su participación programas de investigación en el ámbito de las células madre o troncales humanas.

Ganaba 452 euros diarios

El cargo lo dejó en julio de 2007 para ser ministro de Salud con José Luis Rodríguez Zapatero. Cuando cesó en ese puesto en mayo de 2009, volvió a ser contratado con una antigüedad de 2005 por el Gobierno socialista andaluz para trabajar en Cabimer como director del departamento de Células Troncales. En ese contrato se obligaba a Soria a no desarrollar actividades comerciales, profesionales o laborales de cualquier índole por cuenta propia o ajena con otra empresa, competidora o no de la Fundación, salvo aquellas que realice por su condición de catedrático de la U niversidad Pablo de Olavide o por la administración de su propio patrimonio. Como compensación por el pacto de exclusividad percibiría 5.000 euros anuales, acordándose una retribución bruta total pactada de 180.000 euros anuales, lo que hace un salario diario de 452 euros.

Amparándose en un informe de la consultora PwC, el Gobierno de Susana Díaz abrió un expediente informativo en diciembre de 2018 por un posible conflicto de intereses y «quebranto de la buena fe contractual, lealtad, normativa de incompatibilidades y compromiso de exclusividad», al compatibilizar su labor como investigador de terapia celular con su trabajo en empresas también dedicadas a ese mismo objetivo, entre ellas Newbiotechnic (NBT) o Andalucell. Cinco meses después, el Gobierno de PP y Cs lo despidió primero abriendo un expediente disciplinario en mayo de 2019 y con posteriormente de forma 'cautelar' a finales de 2019.

El Gobierno andaluz justificó su despido por posible «incumplimientos de sus obligaciones laborales y contractuales», dándole un plazo par que explicara su relación con las sociedades Limerick Strategic Advisors, Andalucell, Alirober Consulting y Newbiothecnic. La Junta argumentó además que podía haber conflicto de intereses y transmisión de información reservada, por colaboración en un proyecto financiado por el Instituto de Salud Carlos III de Madrid.

La Junta consideró que Bernat Soria incumplió la «prohibición de pertenecer a los consejos de administración u órganos rectores de empresas o entidades privadas, si la actividad desarrollada se relaciona directamente con la que gestiona su entidad; ni participar en más de un 10% en el capital de empresas o sociedades que presten servicios para el sector público en determinadas condiciones». La Fundación acusó directamente a Soria de participar en sociedades cuyo objeto coincidía con la Fundación Pública Progreso y Salud que le había contratado con dedicación exclusiva.

En este sentido, la Junta probó que en 2015 Bernat Soria era socio único y administrador único de Andalucell, cuyo objeto es el «asesoramiento en terapia celular, diseño», entre otras cosas. Además, Igualmente, Andalucell ha ostentado los cargos de administradora única, presidente y consejera delegada de Newbiotechnic, dedicada al mismo sector que la Fundación Pública Progreso y Salud. Además, era apoderado con amplios poderes de la sociedad Alirober Consulting (propiedad en un 35% de Newbiotecnic y en un 45% de Biotech Business Inver), dedicada a la «consultoría, asesoría y gestión de laboratorios, empresas farmacéuticas y tecnológicas, así como compraventa de productos sanitarios y tecnológicos y salud electrónica».

La Junta no le acosó

Su despido 'cautelar' se produjo en diciembre de 2019, junto con el del trabajador de la citada fundación Shom S. B. , investigador y colaborador de Bernat Soria. El científico alegó en el juzgado que «a lo largo de los últimos años ha sido objeto de una campaña de acoso y desprestigio en forma de amenazas, negativa a publicitar sus méritos y logros profesionales, negativa a reconocer su condición de director de proyectos, exclusión de reuniones, privación de personal, encargo de funciones a sus subordinados u otros trabajadores sin su conocimiento ni autorización y negarle herramientas de trabajo». Por todo ello, Soria consideró que «el despido es la culminación de esta campaña y que vendría motivado por su actuación en relación con sus reiteradas peticiones de información y reivindicativas de los derechos económicos de los investigadores a propósito del contrato de licencia suscrito por la FPS y el SAS con Rexgenero» para llevar a cabo un ensayo.

Ahora, el Juzgado de lo Social declara procedente el despido disciplinario de Soria con efectos del 3 de mayo de 2019, convalidando así la extinción de la relación laboral entre las partes, sin que tenga derecho a la indemnización ni a salarios de tramitación. El juez entiende que la fundación probó sus razones para despedirle.

El juzgado parte de la «credibilidad objetiva y subjetiva de la totalidad de los testigos propuestos y admitidos. Nada de lo que han narrado se reputa inverosímil ni se ve frontalmente contradicho por otras fuentes de prueba, sin perjuicio de matizaciones o aclaraciones y, finalmente, en ninguno de los testigos, en especial los propuestos por la FPS, se vislumbran intereses espurios o conflictos personales con Bernat Soria».

No hubo difamación ni discriminación

Según la sentencia, cuando en un portal científico se informó de la suspensión de un ensayo en el que participaba Soria se dijo que fue por la «falta de interés y dedicación de los investigadores », lo que pudo tener «connotaciones negativas» para ellos, pero -subraya el juez- de ahí a decir que eso pueda suponer un intento de 'difamación', 'desprestigio internacional o 'muerte científica', «media un largo trecho».

Respecto a la injustificada privación de recursos que esgrimió en su demanda Soria, al juez no le consta diferencia de trato respecto a otros equipos de investigación que en los últimos años han visto reducidas sus plantillas. Sobre la denuncia de Soria de que le «ocultó premeditadamente en el acto en que se conmemorara el décimo aniversario de Cabimer, la sentencia dice que «no hubo ocultación y menos pública pues el señor Soria asixtió al acto. No estuvo en la mesa presidencial ni en las primeras filas pero a buen seguro que se le pudo ver».

Asimismo, la sentencia considera que no hay pruebas de la «amenaza» que el científico dijo haber recibido porque se le habría ofrecido ocultar el hecho de que tenía vínculos con empresas a cambio de entregarle un 50% del dinero abonado por Rexgenero para el ensayo. Rechaza también la sentencia que se le diera trato discriminatorio en el trato con otros profesionales, subrayando que en ningún momento activó el protocolo para la prevención del acoso. «Todo lo razonado me lleva a concluir que la alegación de acoso no es más que una estrategia de defensa ante un despido disciplinario, pues el señor Soria no fue hostigado ni humillado en ningún momento ni menos aún se vulneró su derecho a la integridad física y moral ni su derecho al honor si se atentó contra su dignidad», destaca el juez de lo Social 3 de Sevilla.

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