Desescalada Andalucía: La Junta reabre los centros de día con medidas higiénico-sanitarias

De cara a los trabajadores de los centros de día, la orden determina que «no podrán incorporarse a sus puestos» en los centros de día trabajadores que «estén en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de Covid-19»

Centro de mayores en la provincia de Córdoba ABC

S. A.

La Junta de Andalucía ha acordado levantar « la suspensión de la actividad de la atención presencial a las personas usuarias de los centros de día» de la comunidad autónoma que se había visto afectada por la pandemia del coronavirus, «incluyendo los centros de día de personas mayores, de personas con discapacidad y otros centros de día asimilados de carácter sociosanitario», conforme a una serie de medidas de prevención e higiénico-sanitarias.

Así se recoge en una orden de la Consejería de Salud y Familias, con fecha de este pasado 4 de junio, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública para los centros de día en Andalucía como consecuencia de la situación y evolución de la pandemia por coronavirus (Covid-19), publicada en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de este pasado jueves y consultada por Europa Press.

La orden, que surte efectos desde su publicación, incluye un anexo con las medidas de prevención e higiénico-sanitarias para la apertura de los centros de día andaluces en «la transición hacia la nueva normalidad» que persiguen «garantizar los elementos esenciales para instaurar un Plan de desescalada seguro para las personas usuarias de estos centros, los trabajadores que les atienden y sus familias, de forma que la apertura de los mismos no suponga riesgos ni individuales ni comunitarios de rebrote».

Además, el anexo incluye el «Plan de actuación para la prevención de infección por Covid-19 en los centros de día» , que consta de una documentación general, de medidas preventivas de los trabajadores, del «plan específico», de la lista de verificación y registro y de medidas de detección precoz y notificación.

De cara a los trabajadores de los centros de día, la orden determina que «no podrán incorporarse a sus puestos» en los centros de día trabajadores que «estén en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de Covid-19 o tengan alguno de los síntomas compatibles» con el virus, así como aquellos que, «no teniendo síntomas, se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de Covid-19».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación