TRIBUNALES
Demandan a un «youtuber» de Sevilla por acosar y llamar «cachos de mierda» a una madre y a su hija
El abogado de la familia solicita a Javier Oliveira 60.000 euros de indemnización y la rectificación de los mensajes difamatorios
María Rubio, de 22 años, conocida en internet por el nombre de Miare, y su madre, Antonia Sánchez, han interpuesto una demanda contra el youtuber sevillano Javier Oliveira , quien durante meses y con una periodicidad casi diaria había publicado decenas de vídeos plagados de insultos contra madre e hija desde su canal, en el que tiene 250.000 suscriptores.
Según la demanda presentada por el abogado David Bravo , que ya ha sido admitida a trámite por el juzgado, el youtuber «ha emprendido una campaña de desprestigio contra las demandantes que dura varios meses, con una cascada de vídeos incesante, repetitiva y cuasi-obsesiva en la que les dirige todo tipo de insultos ».
Según expone el letrado de la demandante, que vive en Barcelona, el youtuber habría convertido su espacio en una suerte de canal temático sobre las dos demandantes, desde el que incesantemente desgrana sus vidas mientras las insulta llamándolas «cachos de mierda», «sinvergüenzas» , «hijas de la gran puta», «malas personas», «gentuza», «enfermas», «trozos de mierda», «fracasadas», que tienen una «puta secta», que Miare es además una «puta enferma».
Además, el youtuber las acusa de medrar en su carrera por acostarse con determinadas personas influyentes y que solo logra atención subiendo a Instagram fotos en sujetador, que nunca se la «follaría» porque «tiene el pelillo de escoba , como una alfombra vieja y andares de montar en pony», que si tuviera que elegir entre ella o una cucaracha se quedaba con la cucaracha, y que además su madre, la también demandante Antonia Sánchez, es una «vieja loca» y una «payasa» con «el coño muy viejo para hacer gilipolleces».
A su vez, numerosos seguidores del youtuber, se encargan de difundir, repetir, multiplicar y hacer llegar los insultos de su ídolo a las demandantes, especialmente a la hija, que con 900.000 seguidores en el canal de YouTube ha decidido dejar de subir contenidos en diferentes espacios de internet para evitar los comentarios.
La demanda apela a la conocida doctrina del Tribunal Constitucional que rechaza la existencia de un pretendido derecho al insulto y que califica como vulneración del derecho al honor las expresiones objetivamente injuriosas e innecesarias para transmitir la opinión o información que se desee manifestar.
La demanda señala además que los vídeos están llenos de anuncios publicitarios, con los que el demandado saca un importante beneficio económico y el propio demandado ha hecho varias referencias burlonas al dinero que gana gracias a hablar de las demandantes.
Se solicita con la demanda la indemnización de 30.000 euros para cada una de las dos demandantes, el cese de la conducta difamatoria , la lectura por el youtuber demandado del fallo de la sentencia desde su canal semanalmente durante un mes y el pago de las costas del procedimiento.
« Llevo varios meses viendo cómo este señor gana dinero en su canal a costa de vejarme diariamente. Pensé que, si no le contestaba, él mismo pasaría a otra cosa, pero el ataque no ha hecho más que incrementarse día tras día y con 35 años ha hecho de esto su oficio», ha señalado María Rubio, Miare, según al nota difundida por el despacho de abogados que lleva su caso.
« Los insultos se dirigen contra mi hija y todos los que la rodeamos, no solo yo, sino también sus amigos, la gente con la que trabaja y hasta sus abogados», advierte Antonia Sánchez. «Pretende humillarla y aislarla. Que nadie quiera estar cerca y pasar a ser el próximo objetivo».
El abogado firmante de la demanda es el mismo que llevó los casos del portavoz de Facua, Rubén Sánchez, contra Luis Pineda y Ausbanc ; de Carlos Fernández Guerra, conocido ex-community manager de la Policía; y, ante el Tribunal Supremo, del periodista Máximo Pradera contra el también periodista Antonio Naranjo, asuntos que terminaron todos con la estimación de sus demandas y condenas por la vulneración del derecho al honor de sus defendidos.
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