CORRUPCIÓN
Ya es definitivo: el «falso préstamo» a Cárnicas Molina, origen de los ERE, queda impune por prescripción
El juez Vilaplana dicta el archivo final de las actuaciones contra Chaves y Gaspar Zarrías después de que la Audiencia de Sevilla declarara caducados los delitos
El juez del caso ERE, José Ignacio Vilaplana, ha dictado el «archivo definitivo» de la causa abierta contra el expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y su mano derecha, el exconsejero Gaspar Zarrías , por la concesión de un préstamo ilegal de 5,83 millones de euros a la empresa Campocarne para salvar la antigua fábrica de embutidos Cárnicas Molina. El supuesto fraude queda impune por prescripción.
Mediante un auto del pasado 18 de noviembre, el magistrado ha declarado prescritos los delitos, después de que así lo determinara la Sección Séptima de la Audiencia en otra resolución del pasado 28 de octubre, en el que revocaba las actuaciones al haber transcurrido más de 15 años desde que se concedió el préstamo del que «no habría existido nunca voluntad de devolución ni de cobro ».
La investigación iniciada en diciembre de 2019 por el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla concluye así su corto recorrido, después de que la Audiencia admitiera los recursos de un investigado. El auto es firme y no cabe recurso ante la Audiencia.
En la resolución facilitada por el TSJA, Vilaplana expone que «en ejecución de lo resuelto por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Séptima en Auto de 28 de octubre de 2020, procede declarar prescritos los hechos delictivos », por lo que «se procede y el archivo definitivo de las actuaciones, sin más trámite». Tampoco procede «acordar la práctica de las diligencias solicitadas por el Ministerio Fiscal» y resolver los incidentes planteados por las defensas del fallecido Francisco Javier Guerrero y los exconsejeros Gaspar Zarrías y Antonio Fernández García, señala.
Proyecto piloto del «método ERE»
La ayuda encubierta concedida a Campocarne sirvió al Ejecutivo socialista como proyecto piloto del sistema ilícito de ayudas de los ERE que instauró , a partir del año 2000, para sofocar los conflictos laborales que amenazaban la hegemonía del PSOE en su feudo durante aquella década convulsa de declive industrial.
El supuesto fraude imputado a 13 personas, ocho de ellos ex altos cargos socialistas, quedará impune. La Audiencia de Sevilla considera que los delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos han alcanzado su fecha de caducidad, aunque no discute ni entra a valorar su existencia. «Desde su misma génesis y, más concretamente, desde la formalización y materialización [del «falso préstamo»] en la escritura pública otorgada el 22 de diciembre de 1999, l os delitos investigados en el presente procedimiento habrían quedado consumados », indicaba la Audiencia.
Tanto el juez instructor, José Ignacio Vilaplana, como la Fiscalía Anticorrupción, sostenían que «no habría existido nunca voluntad de devolución ni de cobro del préstamo», que fue validado por el Consejo de Gobierno andaluz en 1999 , recuerda la Audiencia, que no cuestiona los hechos, sólo que argumenta que ya estarían prescritos.
En el auto, la sala que resuelve los recursos del caso ERE justificó su decisión por que han transcurrido más de 15 años desde que se formalizó el crédito público (22 de diciembre de 1999) hasta que se abrió la causa judicial, el plazo legal estipulado para perseguir los supuestos hechos penales. Aparte de Chaves y Zarrías, en estas diligencias previas estaban siendo investigados otros cuatro exconsejeros: Francisco Vallejo, José Antonio Viera, Antonio Fernández y Guillermo Gutiérrez .
La Audiencia señaló que han pasado más de 15 años desde que se concedió el préstamo que nunca hubo voluntad de devolver a las arcas públicas
A excepción de éste último, exresponsable de Trabajo e Industria, todos fueron condenados por diseñar el sistema de los ERE, el denominado «fondo de reptiles» , en la única pieza sentenciada de esta macrocausa con múltiples ramificaciones, tantas como las 270 empresas que resultaron beneficiadas, tocadas por la «varita mágica» de la Junta.
La Audiencia no compartía el criterio expuesto inicialmente por el magistrado y el Ministerio Fiscal. Éstos entendían que no se habría producido la prescripción, puesto que «la disposición de los fondos públicos quedaría consumada cuando el importe del préstamo deja de ser considerado un activo (un derecho de crédito) para la entidad prestamista —el ente autonómico IFA/IDEA— y, a consecuencia de su impago o amortización fallida (en diciembre de 2005), pasa a ser considerado como un pasivo, una pérdida».
El instructor y la Fiscalía mantenían que el reloj de la Justicia se pondría en funcionamiento a finales de 2005 y no en diciembre de 1999 , pero la sala discrepa y toma como punto de partida la fecha de escritura del préstamo.
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