CURSOS DE FORMACIÓN

Cursos de formación: ¿La solución para evitar otro fraude?

El Gobierno andaluz publica la nueva orden que regula los cursos de formación con el objetivo de mejorar la gestión y que haya más control del dinero público

STELLA BENOT

El Gobierno andaluz vuelve a ofertar cursos de formación para desempleados después de cinco años de paralización por las innumerables irregularidades detectadas y las 18 investigaciones judiciales abiertas. El BOJA publicó este martes las órdenes de convocatoria en las que la Junta va a gastar 142 millones de euros de fondos propios ya que, por el momento, no tiene acceso ni a fondos europeos ni del Estado. La nueva normativa incluye más control en la gestión de los fondos públicos aunque, en esencia, el sistema sigue siendo muy similar al anterior que ha sido duramente criticado por la administración, los beneficiarios y los alumnos en la comisión de investigación del Parlamento.

¿Quién puede ser beneficiario de los cursos?

Entidades de formación públicas o privadas acreditadas o inscritas en el registro para impartir Formación Profesional para el Empleo, Escuelas taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleo, corporaciones locales, consorcios y entidades de derecho público, y asociaciones y fundaciones.

¿Quién no puede optar a estas subvenciones?

Sólo en el caso de que la subvención sea para escuelas taller y casas de oficio, se prohíbe obtener subvención a quienes hayan sido condenados en sentencia firme a no optar a ayudas públicas, haber solicitado la declaración del concurso voluntario o haber sido inhabilitado por la ley concursal. Tampoco podrán obtener ayudas las empresas declaradas culpables en cualquier contrato con la administración, no estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias o de la Seguridad Social, así como no haber pagado reintegros de ayudas.

¿Cómo se conceden las subvenciones?

Todas las subvenciones para cursos para la formación a desempleados u ocupados se concederán por concurrencia competitiva. Esto significa que no podrán concederse ayudas directas a sindicatos ni empresarios como ocurría hasta ahora. No dice nada al respecto la orden que regula las escuelas taller y casas de oficio.

¿Cómo se entrega el dinero?

A la firma de la subvención, la entidad beneficiaria recibirá el 60% de los fondos que le hayan concedido y cuando justifique el gasto total de la cuantía, el restante 40%. Hasta ahora, se entregaba el 75% al principio y el resto, al final. Como resultado de este sistema, la administración debe 197 millones de euros a las empresas.

¿Qué conceptos se pueden subvencionar?

Los sueldos de los profesores hasta máximo de 70 euros/hora , además de seguros sociales y dietas. El sueldo de los tutores hasta un máximo de 50 euros/hora , los gastos de alquiler de equipos y maquinarias así como de materiales didácticos. También se podrá pagar con las ayudas luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza y vigilancia de las instalaciones , así como el alquiler de las mismas. No se permite tampoco la subcontratación en los cursos.

¿Cómo se justifican los gastos?

Los gastos subvencionados deberán haber sido realizados y pagados efectivamente entre la fecha de inicio del proceso fijado por la resolución de concesión hasta la finalización del período de justificación, pero en ningún caso podrán ser anteriores a la fecha de concesión de la ayuda. En el caso de las escuelas taller y casas de oficio, el plazo máximo será de tres meses desde la finalización de la acción formativa. No se especifica en el caso de los cursos para parados.

Los reintegros

La administración pedirá el reintegro de las subvenciones si no se cumplen los requisitos. Este reintegro será total si no se ha cubierto el 35% de los objetivos propuestos en la oferta presentada.

Límites a las entidades privadas

Ninguna entidad podrá percibir subvenciones para la realización de acciones formativas que superen el 10% del crédito presupuestario consignado en la respectiva convocatoria. Con esta norma se pretende impedir que haya empresas que, como ha ocurrido antes en el caso de Ángel Ojeda , acaparen una gran cantidad de fondos.

¿Ha habido cambios en los sistemas informáticos?

No que se hayan publicado al menos hasta la fecha en el BOJA . Es más, las entidades beneficiarias tendrán que utilizar la aplicación informática GEFOC que es la que precisamente más han criticado tanto los funcionarios como los empresarios que han comparecido en la comisión de investigación por errores y falta de agilidad.

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