Coronavirus
Nuevas medidas Covid Andalucía: Las reuniones podrán ser de seis personas al aire libre y de cuatro en lugares cerrados
Andalucía se regirá por el acuerdo alcanzado en el Consejo Interterritorial y la norma publicada en el BOE el pasado 12 de marzo
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El comité de expertos se ha reunido este miércoles para decidir las nuevas medidas covid en Andalucía que estarán vigentes para las próximas dos semanas y, por tanto, serán las establecidas para Semana Santa.
Dicha reunión ha tenido lugar en el Palacio de San Telmo a las 18.00 horas y ha estado presidida por Juanma Moreno. Una vez finalizada, el Gobierno autonómico ha anunciado a los medios las restricciones acordadas con los expertos para combatir la expansión del coronavirus en Andalucía .
Las únicas medidas que no se han debatido este miércoles son el cierre perimetral de la comunidad autónoma y el número de personas permitido en reuniones . Esto se debe al acuerdo llegado por el Consejo Interterritorial, el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas (a excepción de Madrid y con la abstención de Cataluña) en el que decidieron fijar una serie de medidas para el puente de San José (en los lugares en los que es festivo el día 19) y para la Semana Santa. Y, en función a lo acordado, es lo que estará vigente entre las medidas Covid de Andalucía para las próximas dos semanas.
¿Cómo quedan las reuniones en Andalucía?
Actualmente en Andalucía, tal y como establece el último BOJA extraordinario, en la comunidad pueden juntarse hasta seis personas en sitios privados y públicos , a excepción del interior de los bares y restaurantes, donde el número máximo es de cuatro .
Sin embargo, entre el 26 de marzo y el 9 de abril, la norma que estará en vigor respecto a esta norma será la acordada en el Consejo Interterritorial y publicada en el BOE el pasado 12 de marzo . Es decir, habrá una limitación de la permanencia de grupos de personas en los espacios públicos o privados . Se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos , salvo que se trate de convivientes.
En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes. Aquellas comunidades y ciudades autónomas que se rijan por medidas más restrictivas que las contempladas en esta orden, serán quienes decidan la conveniencia o no de flexibilizarlas, teniendo en cuenta que ello supondría una modificación de los hábitos establecidos hasta ahora y que están siendo cumplidos por la ciudadanía.
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