El Constitucional estima parcialmente el recurso de Andalucía contra la reforma local
La sentencia avala la posibilidad de que el legislador estatal regule la participación de las diputaciones provinciales
El pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Junta de Andalucía contra la ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local al considerar que invade competencias de las comunidades autónomas.
La sentencia declara contraria al principio democrático la previsión de la ley impugnada que, en determinadas circunstancias, permitía atribuir a la Junta de Gobierno Local , en lugar de al pleno, la toma de decisiones sobre asuntos relevantes para la vida municipal como son los presupuestos, los planes económico-financieros, los de reequilibrio y ajuste o los planes de saneamiento , entre otros, que son propias de aquél.
Por otra parte, la sentencia avala la posibilidad de que el legislador estatal regule la participación de las diputaciones provinciales en la prestación de servicios municipales.
Esta sentencia, que tiene un voto particular, es la segunda que el Tribunal dicta en relación con esa misma ley . En la primera resolvió el recurso de la Asamblea de Extremadura, que, como en el actual, también estimó de forma parcial.