EDUCACIÓN
La concertada, a favor de la lista de espera en la escolarización
La nueva normativa de la Junta prevé que los alumnos no admitidos no tendrán prioridad para ocupar plazas vacantes

La enseñanza concertada, a través de la organización de Escuelas Católicas, ha mostrado su disconformidad con la eliminación de las listas de espera tras la finalización del periodo ordinario de escolarización de los alumnos, al entender que con ello se perjudica a sus centros, que tradicionalmente reciben más solicitudes que los públicos.
Así lo puso de manifiesto, en declaraciones a ABC, el secretario general de Escuelas Católicas, Carlos Ruiz. Según la nueva normativa de la Junta, con la eliminación de la lista de espera el alumnado no admitido no tendrá prioridad aunque se produzcan nuevas vacantes donde hubiera solicitado plaza. «Nosotros –subraya Ruiz– abogamos por que el alumno tenga derecho (preferente) a ocupar su plaza si realmente queda una vacante».
El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó ayer la modificación del decreto de 2011 que regula la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y concertados para cursar las enseñanzas de segundo Ciclo de Infantil, Primaria, Educación Especial, ESO y Bachillerato.
Novedades son la ampliación de los supuestos en los que se puede autorizar aumentar la ratio cuando no haya vacantes; la prioridad de admisión en los casos de cambio de residencia por traslado de la unidad familiar y violencia de género, y la eliminación de las listas de espera tras el procedimiento ordinario de escolarización. También se tendrá en cuenta la renta per cápita de la unidad familiar en lugar de la renta anual.
Según manifestó en rueda de prensa el portavoz del Ejecutivo andaluz, Miguel Ángel Vázquez, «los cambios introducidos mejoran la eficacia del proceso y lo hacen más accesible a las familias en condiciones de igualdad y no discriminación e incluyen adaptaciones a las exigencias de la Lomce», de ámbito estatal .
Respecto a los nuevos supuestos para el aumento de plazas, Educación podrá autorizar, cuando no haya vacantes , hasta un 10 por ciento del número máximo de alumnos por unidad escolar si se acreditan necesidades de escolarización derivadas del traslado de la unidad familiar si finaliza el periodo ordinario de matriculación.
El incremento, según el departamento que dirige la consejera Adelaida de la Calle, se distribuye equitativamente entre todos los centros sostenidos con fondos públicos (también los concertados) de una misma zona de escolarización del municipio.
En base a la normativa de la Junta, la prioridad en la admisión se extiende por primera vez a los alumnos afectados por el traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los padres, madres, tutores o guardadores, o a cambios de residencia derivados de actos de violencia de género.
Para acreditar el primero de estos supuestos será necesario presentar un certificado histórico de empadronamiento donde conste que se ha producido un cambio de localidad.
Además, en los casos en que proceda, también se aportará el informe de vida laboral y una certificación expedida por la persona titular de la empresa o por el responsable de personal.
Junto con estos cambios, se ha introducido otro directamente derivado de la aplicación de la Lomce. Así, en el caso de los centros públicos, los directores pasan a tener las competencias de admisión en detrimento de los Consejos Escolares, que hasta ahora ejercían estas atribuciones.
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