Tribunales
Caso ERE: Procesados cinco exdirectivos de Egmasa y un excargo de CCOO por ayudas ilícitas de 21 millones
El juez concluye las diligencias contra nueve personas investigadas por prevaricación y malversación
La antigua Empresa de Gestión Medioambiental S.A. (Egmasa), que coordinaba el Plan Infoca hasta su integración en la actual Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (Amaya), recibió ayudas irregulares por un importe de 21,67 millones de euros entre 2004 y 2010 con cargo al programa del caso ERE , el denominado «fondo de reptiles». Once años después, el juez que instruye esta macrocausa penal, ha cerrado la pieza sobre dichas subvenciones con el procesamiento de nueve perssonas por presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación de fondos públicos.
En el auto por el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas, dictado el 27 de septiembre pasado, el juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla cita como investigados a dos consejeros delegados de la extinta empresa autonómica, Juan Jesús Jiménez Martín y Javier Serrano Aguilar , que se sucedieron como consejeros delegados de Egmasa cuando se concedieron y se pagaron las ayudas por parte de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, además de otros tres representantes de Egmasa: Pedro G. G., Antonio V. J. y María del Mar E. T. Ésta última que era jefa de personal en Egmasa ahora trabaja en Amaya.
En la misma causa está procesado Antonio Perianes, que ostentaba el cargo de Secretario de Acción Sindical de la Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras (CCOO), que actuó como mediador para la «obtención irregular de las ayudas objeto de las presentes actuaciones como representante» del citado sindicato. De hecho, el magistrado José Ignacio Vilaplana llama la procedimiento como responsables civiles subsidiarios a CCOO, Egmasa (representada por Amaya tras su extinción) y Vitalia . De esta consultora hay dos exresponsables investigados. El instructor cita a las entidades Egmasa, Vitalia, Comisiones Obreras de Industria (CCOO Industria), Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO), y Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) de Andalucía.
El cargo de mayor rango investigado es Daniel Alberto Rivera Gómez, exdirector general de Trabajo de la J unta cuando se produceron algunos abonos de las ayudas concedidas por Francisco Javier Guerrero, fallecido hace casi un año. En esta pieza se excluye al exconsejero José Antonio Viera , puesto que ya fue juzgado y condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla por el denominado procedimiento específico. En relación a Rivera, «concurren sólidos indicios de los que se desprende que durante su mandato como director general de Trabajo y Seguridad Social se concedieron y realizaron, de manera injusta y arbitraria, diversos pagos de ayudas y subvenciones ilícitas, objeto específico del presente procedimiento».
«Las ayudas objeto de la presente causa se habrían comprometido y concertado, al margen del procedimiento legalmente procedente , en el marco de de la negociación del correspondiente expediente de regulación de empleo (ERE); de este modo, con la consiguiente contribución y anuencia de los representantes sindicales de los trabajadores y de la propia Egmasa, investigados en la presente causa», ha argumentado.
En la resolución, el juez esgrime que «sin el concurso de los responsables de los sindicatos (Sr. Perianes), en representación de los trabajadores, y de la propia empresa, no se hubiesen concedido ni abonado las ayudas ilícitas que constan otorgadas y satisfechas para financiar los acuerdos que, a través de negociación y de medidas de presión y conflicto colectivo, consiguieron comprometer a los responsables de la Consejería de Empleo de la Junta Andalucía».
El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha dado traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.
El objeto de esta pieza separada del caso ERE «lo constituye la presunta ilicitud de las ayudas excepcionales concedidas a Egmasa por parte de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía», señalando que, según se desprende de lo actuado, «habrían sido concedidas de manera ilícita y arbitraria ayudas por importe aproximado de 21.673.680,62 euros , de los cuales consta que los pagos realizados desde el año 2004 hasta el año 2010 por la Agencia IDEA suman 16.069.391,88 euros (…), a los que habría que añadir la cantidad de 300.000 euros mediante los denominados pagos cruzados (cantidades que abonaba la agencia IDEA para el pago de la prima de una póliza que, por orden del entonces director general a la compañía aseguradora, ésta aplicaba a otras pólizas o compromisos) ordenados por el titular de la Dirección General de Trabajo, Francisco Javier Guerrero».
El juez explica que la empresa pública Egmasa, dependiente de la Junta de Andalucía, presentó en fecha 30 de junio de 2003 una solicitud de ERE para la extinción de 373 contratos de trabajadores por causas productivas y organizativas vinculadas con la necesidad de renovar la plantilla de personas de mayor edad dada su incapacidad física para el desempeño de su trabajo dentro del plan Infoca, tras lo que, con fecha 9 de septiembre de 2003, se firmó el acuerdo alcanzado por la empresa y los trabajadores para la tramitación del ERE mediante un documento donde se pactó una indemnización para los afectados por la extinción de los contratos de trabajo de 348 trabajadores.
Mecanismo defraudatorio
«Al objeto de financiar las consecuencias e indemnizaciones correspondientes al citado ERE, se conceden las subvenciones y ayudas ilícitas objeto de la presente causa », agregando que, «para la materialización de tales ayudas, al margen de la disciplina administrativa y financiera aplicable, se suscribieron y elaboraron distintos instrumentos con los que se pretendía ofrecer una apariencia -en puridad inexistente- de legalidad al procedimiento de concesión y pago de las referidas subvenciones».
«Estas subvenciones y ayudas constituyen una verdadera subvención a empresa en cuanto que el destino de las subvenciones aprobado era financiar el coste de la extinción de las relaciones laborales (prejubilaciones) acordadas entre empresa y trabajadores en la tramitación de los mismos -algunos no vinculados a un expediente de regulación de empleo-, siendo la forma de pago -obligación de la empresa- la suscripción de un seguro de rentas a favor de los trabajadores», afirma el juez.
Las subvenciones se concedieron «sin análisis económico alguno realizado por la Junta que pusiera de manifiesto si estas ayudas, en sí mismas, eran procedentes en atención a las circunstancias del beneficiario (especialmente en lo que se refiere a que Egmasa no tuviera capacidad económica para hacer frente, en todo o en parte, a las obligaciones asumidas por la Junta)». El juez apunta que «tampoco hubo control administrativo ni fiscalización a través del Gabinete Jurídico de la Junta o de la Intervención Delegada de la Consejería de Empleo».
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