Granada
Caso Nevada, el patinazo más caro de la Junta
La factura pagada por parar el centro comercial granadino se elevó a 168,26 millones incluyendo los intereses
Si hubiera un Libro Guinness de los Récords de las negligencias más caras de las administraciones, el caso Nevada ocuparía uno de los primeros puestos. La Junta de Andalucía ha tenido que resarcir con 168,26 millones de euros al empresario Tomás Olivo por paralizar las obras del centro comercial Nevada Shopping a las afueras de Granada. El Tribunal Supremo no admitió el recurso del Gobierno andaluz contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que obligó a la Junta a indemnizar al promotor murciano con la desorbitada cifra de 165 millones por el lucro cesante que dejó de percibir durante los siete años que el centro comercial estuvo parado.
Lo que no se conocía hasta ahora es que la resistencia de la Junta a pagar tras el primer fallo ha hecho que la bola de nieve haya seguido creciendo por los intereses de demora. De modo que la factura final alcanzará 168,26 millones de euros: 165,64 millones de euros como indemnizacion y 2,61 millones más porque el abono en la cuenta del empresario no se efectuó hasta el 21 de diciembre pasado, con el Gobierno andaluz en periodo de descuento tras las elecciones del 2 de diciembre. Cada día que pasaba la factura se incrementaba en 13.614 euros, según la documentación adjunta al acuerdo del Consejo de Gobierno del pasado 18 de diciembre.
Este varapalo tiene su origen en «un error del servicio jurídico» porque no compareció ningún representante autonómico en la vista oral celebrada el pasado 6 de junio de 2016 ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Granada , en la que se analizaba el recurso del Nevada contra la paralización de las obras. Se da la paradoja de que Antonio Luis Fernández Mallol, el letrado que no asistió a esta vista clave, fue luego promocionado como jefe del Gabinete Jurídico de la Junta en Granada.
La Junta atribuyó la incomparecencia de su abogado a un «error material», amparándose en que no le habían notificado la citación en la vista en la que el letrado debería haber aportado al juzgado la prueba pericial de la Junta de Andalucía. Como consecuencia, el informe no fue tenido en cuenta por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que acabó dictando la sentencia en contra de los intereses de la Junta. Los sucesivos recursos presentados no prosperaron y el Gobierno andaluz saliente no tuvo más camino que asumir el elevado coste de ese «error».
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