Caso ERE Andalucía

La Audiencia de Sevilla excluye a dos condenados en el juicio del caso ERE por una ayuda de la Junta a fondo perdido

La Sección Séptima aparta a Antonio Fernández y Jacinto Cañete porque fueron ya investigados y sentenciados en la pieza política

El exdirector de la agencia pública IDEA, Jacinto Cañete, en el juicio del caso ERE EFE

ABC

La Audiencia Provincial de Sevilla ha excluido de una pieza separada de los ERE a Antonio Fernández , exconsejero andaluz de Empleo, y a Jacinto Cañete , ex director general de la agencia IFA-IDEA, porque ya fueron investigados, enjuiciados y condenados en la pieza política.

En un auto del 11 de mayo, la Sección Séptima, que resuelve los recursos de las distintas piezas separadas del caso ERE, estima los recursos de apelación presentados por Fernández y Cañete y anula la decisión de la jueza de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños , de citarlos como investigados en la causa abierta por una ayuda de 1,5 millones de euros que recibió el Grupo Inversiones Plásticas TPM.

La Sala aplica el principio non bis in ídem, que impide juzgar a una persona dos veces por los mismos hechos , al considerar que ese dinero se concedió con cargo a la partida presupuestaria 31L y que los hechos, por tanto, ya fueron enjuiciados en la pieza política de los ERE , en la que Fernández fue condenado a siete años, once meses y un día de cárcel por prevaricación y malversación, mientras que Cañete se libró en el juicio de la pena de prisión al ser absuelto de malversación y fue condenado a ocho años, seis meses y un día de inhabilitación especial por prevaricación .

La jueza estimó el 10 de junio de 2019 la petición de la Fiscalía Anticorrupción y citó a Fernández y Cañete como investigados por la ayuda que recibió el Grupo TPM el 15 de agosto de 2008, abonada «por la agencia IDEA con cargo a la partida presupuestaria 31L» para pagar tres nóminas a los trabajadores, si bien la Dirección General de Trabajo revisó el convenio inicial y sustituyó la palabra «préstamo» por «ayuda», según consta en la documentación aportada por la Junta de Andalucía.

Según la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, «a la postre el préstamo volvió a considerarse ayuda directa a la empresa», que « estaba ya en concurso de acreedores ».

« La cantidad fue entregada como ayuda directa a fondo perdido » porque «se preveía su impago», dice la Audiencia, una idea «asumida por la propia Junta» y que también «reconoce expresamente la Fiscalía Anticorrupción» en un escrito del 25 de febrero de 2019 «aunque sostenga que se hizo con la forma de préstamo», algo «más que discutible».

Fue «una forma más chapucera de lo habitual» de tratar las ayudas excepcionales procedentes de la 31L porque la tramitación fue « ultrarrápida y a salto de mata, (...) con la mayor parte de los cargos de vacaciones (...), hasta el punto de que alguna documentación se le llevó al director general de Trabajo a su lugar de veraneo con chófer para firma», prosigue la Sala.

Cambio de criterio sin motivación

La jueza «cambió radicalmente su criterio sin motivación alguna» tras un escrito de Anticorrupción, del 28 de mayo de 2019, en el que «pasó a sostener» que el préstamo «nada tiene que ver con la partida 31L (...) sin argumentarlo», afirma el tribunal, para el que no hay «ninguna razón para desgajar» este caso del denominado procedimiento específico, «ya sentenciado con condena muy severa» para Fernández.

El abogado de Cañete, Juan Carlos Alférez, ha afirmado que esta resolución «reafirma» la «confianza en la Justicia» de su cliente tras un «calvario» , ya que después del juicio principal «tuvo que padecer de nuevo los rigores y estragos de otro proceso sobre la misma materia por la que ya había sido enjuiciado», algo que considera «jurídicamente improcedente, como reconoce» ahora la Sección Séptima.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación