Así es el BOJA con las nuevas medidas Covid de la Junta de Andalucía, en vigor desde hoy 29 de abril

Las principales novedades son que se recupera la movilidad entre las provincias y se amplía a las 23,00 el horario de la hostelería

Mercedes Jiménez Sánchez

Mercedes Jiménez Sánchez

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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado en la tarde de este miércoles una edición extraordinaria con las nuevas medidas decididas por el gobierno autonómico para frenar los contagios de coronavirus Covid-19 en la comunidad autónoma, unas medidas que entrarán en vigor este jueves 29 de abril y que se mantendrán hasta el 9 de mayo .

Estas nuevas restricciones fueron decididas el martes en una reunión del comité de expertos que asesora a la Junta en la lucha contra la pandemia, presidida por el presidente andaluz, Juanma Moreno, que dio cuenta en una comparecencia pública posterior de las nuevas restricciones.

La intensidad de esta cuarta ola de la enfermedad ha sido la más baja de las que se han producido después de la primera ola de la enfermedad por lo que se «relajan» las medidas acordadas.

Movilidad entre provincias

La principal novedad respecto a las restricciones anteriores es que «se acuerda permitir la movilidad entre todas las provincias comprendidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía desde las 00:00 del día 29 de abril de 2021 hasta la 00:00 del día 9 de mayo de 2021», no obstante se «manteniene el cierre perimetral de la Comunidad Autónoma», señala en sus disposiciones generales la Orden de la Consejería de Presidencia publicada en el BOJA.

Horarios de comercios y hostelería

Además, desde las 0,00 horas de este jueves se permite la actividad comercial y de la hostelería hasta las 22,30 horas , si bien la hostelería y la restauración podrán tener clientes hasta las 23,00 horas con la «condición» de que éstos «regresen a sus casas con el toque de queda» nocturno que se mantiene entre las 23,00 y las 6,00 horas, y «respeten ese límite de las 23,00 horas».

Reparto a domicilio

Otra de las novedades es que se incrementa en media hora el horario del reparto a domicilio de los bares y restaurantes. «Los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 24:00 horas, estableciéndose como hora límite para realizar los pedidos las 23:00 horas», según establece esta nueva orden.

Cierre de la comunidad

Así, Andalucía sigue cerrada perimetralmente y sólo se podrá entrar y salir por causas justificadas, como la asistencia a centros sanitarios, centros laborales, centros educativos o actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos y judiciales, entre otros aspectos.

Toque de queda

Por otra parte, también permanece el mismo horario del toque de queda , «se acuerda mantener la limitación de la circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma de Andalucía en la franja horaria que transcurre desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas».

Reuniones sociales

En cuanto a las reuniones sociales , contiúan las mismas limitaciones por las que «la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público y privado se mantiene condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, a excepción de los espacios cerrados de hostelería y restauración en los que se mantiene un máximo de cuatro personas».

Municipios confinados

Por último, se acuerda restringir la movilidad en los municipios cuando se supere una incidencia de 500 casos en 14 días , pero únicamente en aquellos municipios que superen los 5.000 habitantes. En aquellos municipios con menos de 5.000 habitantes se realizará una evaluación de riesgo específica.

Resumen de las medidas Covid en Andalucía

1. Se permite la movilidad entre las ocho provincias de Andalucía .

2. Continúa el cierre perimetral de la comunidad autónoma , de manera que sólo se podrá entrar y salir de Andalucía con una causa justificada.

3. También se mantiene el toque de queda entre las 23 y las 6 horas .

4. Se permite la actividad comercial y de la hostelería hasta las 22.30 horas . En el caso de la hostelería y la restauración podrán tener clientes hasta las 23 horas. La condición es que siempre regresen a sus casas con el toque de queda y respeten ese límite de las 23 horas.

5. En las reuniones al aire libre se permite un máximo de seis personas y de cuatro en espacios interiores de los establecimientos de hostelería.

6. En aquellos municipios en los que la tasa de contagios supere los 500 casos por cada 100.000 habitantes se establecerá el cierre perimetral . No habrá cambios en los horarios, que serán iguales que en el resto de los municipios.

6. Los municipios con una tasa de más de 1.000 contagios por cada 100.000 habitantes quedarán cerrados perimetralmente y, además, se cerrará toda actividad no esencial , como hasta ahora.

7. En los municipios de menos de 5.000 habitantes se realizará una evaluación de riesgo específica , por lo que se podrán exceptuar estas dos últimas medidas.

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