Batalla judicial por la política de contratos en el SAS

Comienzan a dar la razón a los eventuales que encadenan contratos durante años y piden ser laborales indefinidos

Protesta de trabajadores eventuales a las puertas del Hospital Virgen Macarena de Sevilla RAÚL DOBLADO

JOSÉ CEJUDO

Un goteo de sentencias está poniendo en jaque la política de contratos practicada por el Servicio Andaluz de Salud (SAS). Los trabajadores que tienen la consideración de eventuales están consiguiendo que un juzgado de Cádiz, con la defensa del abogado Manuel Martos, les otorgue un nuevo estatus profesional , el de laboral indefinido a tiempo completo , partiendo de la base de que la relación con la Administración tuvo como origen, supuestamente, una «contratación fraudulenta».

Cinco sentencias dictadas por el magistrado del juzgado de lo Social número de 3 de Cádiz, Francisco de Borja Derqui-Togores de Benito, les dan la razón a otros tantos eventuales del Servicio Andaluz de Salud que reclamaban ser laborales indefinidos a tiempo completo.

En uno de los fallos (los otros cuatro son similares), que afecta a una médico que trabaja como eventual desde 1998 , se entra a analizar la naturaleza jurídica de la relación, desde el punto de vista del puesto de trabajo, entre la demandante y la Consejería de Salud. Y mientras la primera sostiene que es una relación «laboral», amparada por el Estatuto de los Trabajadores, la Junta defiende el carácter administrativo. «Entendiendo –señala el juez– que nos hallamos ante una relación funcionarial especial, la denominada estatutaria temporal, calificación ésta que a primera vista tendría un menor contenido de derechos para el empleado», como la ausencia de indemnización cuando la relación se extingue por decisión unilateral del empleador.

El magistrado rechaza la pretensión de los abogados de la Junta de invalidar el juicio por «falta de jurisdicción» . El SAS pretende que estos casos se diriman por la vía del Contencioso-Administrativo y no en los juzgados de lo Social, lo que provoca una dura reprimenda del magistrado.

Y es que según la sentencia, además de la «estrategia lingüística» se utiliza por parte del SAS una «estrategia procesal» , de signo defensivo, «en la que no hace valer directamente sus derechos, sino que lo que persigue es impedir que otros puedan hacer valer los suyos; en concreto, busca a toda costa que la jurisdicción social no toque a sus gallina de los huevos de oro, pues parece ser consciente de que la jurisdicción social es la única que puede otorgar la estabilidad de dichos empleados».

Son alrededor de 17.500 los trabajadores del SAS que desde hace años encadenan contratos temporales , circunstancia que les impide tener una estabilidad laboral. Un numeroso grupo de estos profesionales se ha puesto en manos del abogado gaditano Manuel Martos, secretario general y asesor jurídico precisamente de la Asociación de Eventuales del SAS. Otros lo han hecho de forma independiente. En total, alrededor de 800 trabajadores han decidido pleitear para reclamar lo que entienden que son sus derechos.

Multas

Martos, en los últimos meses, ha tenido que librar una doble batalla. Por un lado, la meramente jurídica, para tratar de demostrar la supuesta ilegalidad que supone el mencionado encadenamiento de los contratos. Y por otro, tiene que defenderse de la actitud belicosa de los letrados de la Junta , empeñados en que los jueces lo multen a él o a su clientes por temeridad al incurrir en incompetencia de jurisdicción por acudir a los juzgados de lo social, ya que según la Consejería de Salud la vía correcta es la del contencioso-administrativo.

Pero Martos no desespera. Dado que en los casos favorables a los intereses de sus clientes la Consejería recurre por norma y logra frenar el proceso en el TSJA, su confianza la tiene puesta en el Supremo , y llegada la ocasión, en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea , donde ya hay una sentencia muy crítica contra la concatenación de los contratos temporales.

La Junta lo tilda de inconstitucional

La Consejería de Salud, consultada por ABC sobre las sentencias que dan la razón al abogado de los eventuales, ha remitido a su vez una numerosa relación de fallos judiciales contrarios a sus pretensiones. Y es que según la Junta, «convertir en personal fijo de la Administración pública a todos los eventuales supondría vulnerar la Constitución Española, que se basa en los principios de igualdad, mérito y capacidad para el acceso al empleo público». Por tanto, añade, «no se admite la pretensión del letrado de que se considere como profesionales fijos a quien no ha concurrido a una OPE». Además, subraya el SAS que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE a la que se refiere el letrado de los trabajadores «no puede asimilarse a la situación de profesionales eventuales».

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