La Audiencia de Sevilla anula otro archivo de la juez Núñez: «La ilicitud es palmaria»
También revoca la exclusión de Guerrero por la juez en la pieza de sobrecomisiones del caso ERE
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dejado sin efecto otro archivo exprés de la juez instructora del caso ERE, María Núñez Bolaños. Con un auto de sobreseimiento provisional dictado el 11 de febrero pasado, la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla –que está de baja médica desde el 3 de septiembre– exoneró de cualquier responsabilidad penal a cinco miembros del consejo rector de la cooperativa andaluza Virgen de laLuz (Coviluz) que estaban investigados por recibir una ayuda irregular de 440.000 euros que no habían solicitado y que «no se habría dedicado a los fines para los que fue otorgada» sino a liquidar deudas.
Mediante un auto del pasado 19 de septiembre, al que ha tenido acceso ABC, la Audiencia de Sevilla estima los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y por la acusación particular de la Junta de Andalucía contra el archivo de la causa, que alegaron que había «suficientes indicios incriminatorios para no adoptar tal decisión». La sala que resuelve los recursos de la macrocausa penal de los ERE ha anulado el auto de la magistrada y pone de manifiesto «el carácter palmariamente ilícito de tal ayuda». Basta con «remitirnos a los pormenorizados argumentos desgranados» en el dictamen del Consejo Consultivo sobre esta subvención que «incurre en causa de nulidad por múltiples razones», esgrime. Entre otras, menciona que la ayuda se concede «sin formular siquiera una solicitud» ni resolución formal de concesión y sin cumplir «los requisitos legalmente exigibles». Según el convenio suscrito el 28 de julio de 2008 por el entonces director general de Trabajo de la Junta, Juan Márquez, el destino de estos fondos públicos era «abordar un proyecto de fusión» con otras cooperativas y/o «realizar un estudio de mercado» al efecto. El propio presidente de Coviluz, Gregorio Ojuelos Gómez , admitió en sus declaraciones y en sendos escritos dirigidos a la Consejería de Empleo que la ayuda «sirvió para liquidar deudas de la cooperativa, sin que le fuera reclamada justificación documental alguna sobre su destino».
Para la Audiencia, no hay dudas de que los investigados «habrían participado en el proceso de gestación y obtención de la ayuda recibida, teniendo conocimiento de su flagrante ilicitud ». Además, subraya «la estrecha relación familiar, personal y política» que los investigados mantienen con el director que los subvencionó.
Desimputó a Guerrero
La Audencia también ha revocado otro auto de la juez del caso ERE dictado el 22 de febrero por el que apartaba al exdirector general de Trabajo Francisco Javier Guerrero de la pieza separada de las sobrecomisiones abonadas con fondos públicos. La sala estima el recurso de la Fiscalía Anticorrupción, al que se sumaron las acusaciones del PP-A y la Junta. En contra de lo expuesto por Núñez, asegura que esta causa «es totalmente independiente y ajena a los hechos que son objeto de enjuiciamiento en dicho procedimiento específico» que llevó a Guerrero al banquillo, junto a otros 21 ex altos cargos de la Junta, en el único juicio del caso ERE que se ha celebrado hasta ahora.
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