CASO ERE

Aguayo pide su absolución en los ERE porque ha sido «ajena» a las ayudas investigadas

La exconsejera de Hacienda de la Junta de Andalucía entiende que ella no tuvo nada que ver con el caso

Carmen Martínez Aguayo ABC

ABC

La ex consejera de Hacienda de la Junta de Andalucía Carmen Martínez Aguayo ha solicitado su libre absolución dentro de la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso de los ERE fraudulentos porque «ha sido enteramente ajena» y no ha participado «en modo alguno» en el mantenimiento de dicho procedimiento, cuya existencia niega .

En su escrito de defensa, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de la ex consejera dice que, en la causa, «no existe ningún indicio de que conociese la gestión que la Dirección General de Trabajo estaba realizando del programa presupuestario 31L, ni de la existencia de intrusos en las pólizas, o sobrecomisiones, o de la concesión de ayudas prescindiendo de los trámites establecidos y a entidades que no reuniesen los requisitos para ser beneficiarias de las mismas».

«Es radicalmente falso» que la ex consejera «conociera, participara o consintiera la gestión que la Dirección General de Trabajo estaba haciendo de las ayudas», argumenta el letrado de Martínez Aguayo, Víctor Moreno Catena.

El letrado expone que el programa 31L por el que se allegaban fondos al antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) y luego a la agencia IDEA mediante transferencias de financiación para el pago de ayudas sociolaborales o a empresas «estaba expresamente previsto» en las sucesivas leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, por ello, «no puede ser tildado de ilegal».

La defensa de Martínez Aguayo , para quien la Fiscalía Anticorrupción pide seis años de cárcel por presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, pone de manifiesto que las transferencias de financiación, «lejos de ser un instrumento presupuestario creado ad hoc por los aquí investigados, es el mecanismo de financiación de los organismos y empresas pertenecientes, no sólo a la Junta, sino también al resto de comunidades autónomas y al Estado».

Al hilo de ello, el abogado de la ex consejera asevera que la presupuestación de los créditos al IFA/IDEA para el pago de las ayudas a través de transferencias de financiación «se contemplaba, año tras año, en las Leyes de Presupuestos de Andalucía, por lo tanto, tiene rango legal», y añade que la política de apoyo a trabajadores y empresas en crisis «estaba respaldada por el Parlamento de Andalucía», así como que la política de ayudas sociolaborales «tiene objetos definidos y carácter generalizado, y no es exclusiva» de Andalucía.

«Se trata de una política respaldada por el Parlamento de Andalucía y que se canalizó mediante un procedimiento legalmente adecuado», dice el letrado, que manifiesta que «no es posible sostener con una mínima seriedad jurídica que los parlamentarios andaluces fueron inducidos a error », pues «la propia literalidad de las Leyes de Presupuestos impide convalidar esta teoría» y los parlamentarios, «mediante decisión soberana, acordaron que los fondos para el pago de las ayudas sociolaborales fueran allegados al IFA/IDEA mediante transferencias de financiación, decisión que goza de rango legal».

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