TRIBUNALES

El abogado de Zarrías rechaza la causa por el «falso préstamo» origen de los ERE: «Todo es muy absurdo»

En un escrito dirigido al juzgado, el letrado augura que la investigación sobre Cárnicas Molina «no debió abrirse nunca»

Gaspar Zarrías, saliendo de la Audiencia de Sevilla tras conocer la sentencia del caso ERE Raúl Doblado

Antonio R. Vega

«Formalmente contradictorio, materialmente indefendible» y carente «del menor fundamento en Derecho». Así se refiere la defensa del exconsejero de la Presidencia de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías al auto de apertura de diligencias previas para investigar al expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves, y a su número dos en el Gobierno autonómico , ambos condenados en la pieza política de la macrocausa, y a otros cuatro exconsejeros de sus gobiernos por el préstamo-puente irregular de 5,83 millones de euros concedido por el Consejo de Gobierno en noviembre de 1999 a Campocarne Andalucía S.A. para reflotar la fábrica de chorizos y embutidos Hijos de Andrés Molina S.A. (Hamsa).

« Con la ley en la mano, es todo absurdo », señala el abogado Gonzalo Martínez Fresneda en un escrito presentado el 26 de diciembre pasado ante el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, al que ha tenido acceso ABC, en el que se pronuncia sobre el recurso de reforma, contra el citado auto, presentado por el que fuera director general de Primayor , Ramón P. M., quien ha pedido el archivo de la causa contra él, entre otras razones porque los delitos de prevaricación administrativa y malversación que le atribuyen a este empresario «se encuentran prescritos a día de hoy», al tiempo que niega su participación en los hechos.

Más allá de estas consideraciones, en el escrito de alegaciones dirigido al juzgado, la representación jurídica del exconsejero de la Presidencia muestra su convencimiento de que «el análisis detenido y sereno de la documentación solicitada llevará al juzgado a resolver el inmediato archivo de una causa que no debió abrirse nunca ».

«La lectura del auto de 3 de diciembre de 2019 se nos presenta como jurídicamente insufrible». Asegura que el juez José Ignacio Vilaplana hace «malabarismos para entender no prescritos unos hechos acontecidos hace veinte años» y «se permite encausar como malversadores a unas personas por haber concedido el siglo pasado un préstamo a una empresa cuando el Juzgado no sabe siquiera si el préstamo se ha reclamado o no o qué ha pasado con él», puesto que el magistrado alega que se desconoce la situación actual de crédito público.

A pesar de ello, expone Martínez Fresneda, el instructor «no duda en acusar a unas personas de saber en 1999 que aquel préstamo nunca se devolvería porque era en realidad un regalo hecho no se sabe muy bien para qué».

El abogado de Zarrías afirma que el auto mantiene en «una buscada incoherencia», ya que «para imputar dirá que el préstamo encubría una decisión de sustracción , consumada en 1999, y para tenerlo por no prescrito dirá que la decisión de sustracción encubría un préstamo real, en un ilícito que no se consuma hasta que no se devuelve».

«Con la Ley en la mano, es todo muy absurdo, pero es que una vez filtrada a la prensa la solicitud de la Fiscalía de abrir esta nueva causa con el auto subsiguiente [...], la Ley ha pasado a un segundo plano; el primero lo ocupan los telediarios», sostiene el letrado.

El auto «no refiere qué intervención habría tenido» Zarrías «en la concesión de dicho préstamo, ni de dónde extrae la ocurrencia de que el Sr. Zarrías supiera entonces (¡o en algún momento!) que tal préstamo no se iba a devolver ni a reclamar», concluye.

Auto de apertura de diligencias

En su apertura de diligencias previas, el juez consideró que, bajo la apariencia de un préstamo, el Gobierno socialista « podría haberse simulado una ayuda pública directa, otorgada sin sujeción a los principios y procedimientos legalmente aplicables, con el consiguiente menoscabo de los fondos públicos comprometidos», una operación que no «tendría vinculación alguna» con el denominado procedimiento específico (la única pieza separada de los ERE que se ha juzgado y sentenciado) ni con las indebidas transferencias de financiación articuladas en virtud del mismo –a los fines indicados- en favor de IFA/IDEA.

El juez coincidió con el Ministerio Público que los hechos investigados en esta nueva pieza separada «no habrían prescrito» teniendo en cuenta que, «a fecha 1 de febrero de 2005, el préstamo no habría sido amortizado y que aún entonces no habría sido declarado impagado o fallido –ni considerado un gasto/pasivo para IFA/IDEA-».

Para indagar en esta ayuda, el magistrado solicita documentación a la agencia IDEA, a las consejerías de Presidencia y Empleo, y a la Intervención de la Junta, para que la aporten «a la mayor brevedad posible». Declara compleja la causa y señala un plazo de 18 meses para la instrucción del mismo, « sin perjuicio de lo que pueda acordarse posteriormente ».

En un escrito fechado el 18 de noviembre, el Ministerio Público pidió al Juzgado de Instrucción número 6 que incoara diligencias previas para investigar las subvenciones concedidas en 1999 a la empresa Hijos de Andrés Molina (Hamsa), luego Campocarne y Primayor .

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