Tribunales

Repetirán el juicio por asesinato de un joven en Málaga el día de su cumpleaños

Dos acusados fueron condenados por lesiones con resultado de homicidio imprudente y dos supuestos encubridores absueltos

Pablo Podadera murió al mediar en una pelea la noche que celebraba su cumpleaños Archivo

J.J. Madueño

La muerte del joven Pablo Podadera volverá a ser juzgada. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la sentencia que condenó por un delito de lesiones con resultado de homicidio imprudente a los dos acusados de acabar con la vida del chico de 22 años el día que celebraba su cumpleaños en el centro de Málaga. Según los hechos, el joven medió en una pelea en abril de 2017 y acabó sin vida, tras estar crítico en el hospital. El TSJA también deja sin efecto la resolución que absolvió a otros dos procesados por encubrimiento de los supuestos homicidas.

Se ordena volver a celebrar el juicio con jurado que dirimió la causa. La Audiencia de Málaga condenó a tres años y dos meses de prisión a los dos acusados por la muerte, siguiendo el veredicto del jurado, y salvó a los otros dos procesados por encubrimiento. Los dos condenados a prisión quedaron libres tras el veredicto. Se acordó la puesta en libertad de ambos al argumentarse que estaban a punto de cumplirse los dos años de prisión provisional que marca la ley y que no cabía legalmente una prórroga para mantenerlos entre rejas.

Los hechos tuvieron lugar el 20 de abril de 2017. La víctima salió con unos amigos para celebrar sus 22 años y fueron a un local, donde estaban los acusados. Cuando Pablo Podadera salió con un amigo, vio una fuerte discusión en la que estaban los acusados . La víctima medió, poniendo una mano en el torso de otro joven y recibiendo golpes por parte de los procesados, que en el juicio admitieron la agresión, pero no la intención de matar al chico.

Contradicciones

Ahora el alto Tribunal andaluz estima en una sentencia los recursos presentados por la Fiscalía y la acusación particular, en representación de la familia del fallecido, que siempre han considerado que se trató de un asesinato y que alegaron falta de motivación y contradicciones en la sentencia y el veredicto . El TSJA estima que hay contradicciones «manifiestas, esenciales y de posible influencia causal en el fallo». Se considera que debió haberse devuelto el acta al jurado por la magistrada-presidenta. «Al no haberlo hecho así, resulta evidente la infracción», señala el TSJA.

Respecto a los otros dos procesados absueltos, que no fueron sometidos a consideración del jurado, al juzgar la magistrada que no había prueba para ello, el tribunal de apelación indica que sí la hubo como para haber permitido deliberar sobre la culpabilidad o inocencia, por lo que también anula esa sentencia y volverán a ser procesados .

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