Tribunales

El Juzgado archiva el caso por la muerte de un padre y dos hijos en una piscina de un resort de Mijas

La magistrada deja abierta la puerta para que la familia pueda recurrir o ir a la jurisprudencia civil o administrativa

Una de las revisiones que se hicieron de la piscina donde sucedió el accidente J.J.M.

J.J. Madueño

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Fuengirola ha archivado el caso por la muerte de un padre británico y dos de sus hijos en una piscina del Club La Costa de Mijas. La magistrada titular asegura en el auto que «no está debidamente justificada la perpetración de delito alguno» . Las evidencias no permiten imputar a ninguna personas estas tres muertes.

Los tres ahogamientos se produjeron el 24 de diciembre de 2019, cuando la familia estaba disfrutando de unos días de vacaciones en este resort. Según testimonio de las personas presentes, en un momento determinado la hija de nueve años tuvo dificultades para salir de la piscina , por lo que tanto el padre como un hermano de 16 años se arrojaron al agua con intención de auxiliarla.

Desafortunadamente, ninguno de los tres logró salir de la piscina . Los tres se ahogaron. Según la autopsia, fallecieron por asfixia por sumersión «debido probablemente a la falta de pericia para nadar unido a la tensión, nervios y pánico». La Fiscalía apoyó el archivo de la causa tras revisar los informes de la Guardia Civil sobre el suceso.

Los miembros del Equipo de Policía Judicial de Mijas concluyó que no se observa anomalía en la máquina de filtrado y limpieza de piscina, como tampoco que ningún elemento presenta deficiencia de uso o era un peligro añadido a las actividades propias del medio acuático. A eso se suma otro documento elaborado por el Grupo de Actividades Subacuáticas de la Guardia Civil (GEAS) con la misma conclusión.

Dos informes de la Guardia Civil

A lo largo de la instrucción judicial también se incorporaron varios informes periciales emitidos por técnicos de la Administración autonómica y del Ayuntamiento de Mijas. A la vez que se aportaron pruebas a instancia de la familia de los fallecidos y de las empresas de seguros . En estas pesquisas se determinó que la piscina adolecía de ciertas anomalías, contaba con la correspondiente licencia municipal de apertura y cumplía con las certificaciones técnicas exigidas.

La magistrada remarca que la piscina donde sucedió el fatal accidente ha estado en funcionamiento desde su apertura sin que conste incidencia ninguna respecto de posibles accidentes o ahogamientos de personas, hasta el sucedido en diciembre de 2019. Las posibles deficiencias de este recinto de baño no han sido motivo suficiente para imputar una responsabilidad penal a nadie.

Pese a todo, el Juzgado deja la puerta abierta a que los perjudicados consideren la posibilidad de exigir las oportunas responsabilidades ante la jurisdicción civil o administrativa , así como su derecho a presentar un recurso de reforma ante el Juzgado de Instrucción o de apelación ante la Audiencia de Málaga.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación