CASO JULEN

La Junta de Andalucía sanciona con 300.001 euros al dueño de la finca donde murió Julen

Al mismo tiempo informa que hay abierto un expediente sancionador para empresa que hizo el pozo de 30.001 euros

David Serrano propietario del terreno Archivo

J.J. Madueño

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha acordado este martes, a instancias de la Secretaría General de Industria, Energía y Minas, sancionar a David Serrano, propietario de la finca de Totalán (Málaga) en la que murió Julen. La multa aprobada es de 300.001 euros por la comisión de una infracción de carácter «muy grave» en materia de seguridad minera.

Lo hace después del expiente abierto cuando el menor de dos años perdiera la vida en enero de 2019 en un pozo ilegal en esta parcela en el Cerro de la Corona. El consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y portavoz del Gobierno andaluz, Elías Bendodo, ha asegurado que la intención de la Junta de Andalucía es cobrar la cuantía. «Evidentemente nuestra voluntad es que si se pone una sanción, que se ejecute, sin ninguna duda».

Esta sanción se suma a los 100.000 euros que Serrano tiene que pagar a los padres del menor. La Justicia le impuso esta compensación y una cuota mensual para abonarla tras el acuerdo entre sus abogados y la letrada de los padres del niño fallcido. En este documento aprobado por la Fiscalía asumía el cargo de homicidio imprudente ante el tribunal y se comprometía a pagar, además de pedir perdón por su imprudencia.

El 15 de enero del año pasado, Julen se precipitó por un sondeo para buscar agua excavado en la finca de Serrano. Los técnicos de la Junta de Andalucía constataron la existencia de dicho sondeo de aprovechamiento de aguas y que no estaba tapado ni entubado. Días después, el 26 de enero, gracias a la participación de los equipos de rescate, se localizó el cadáver del menor en el interior.

El 8 de febrero de 2019, la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo en Málaga comunicó a la Secretaría General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía que el titular catastral de la parcela no contaba con la autorización previa de las obras de captación de aguas subterráneas, ni con una solicitud para ello. Tampoco había presentado el proyecto técnico de las obras.

Un mes después, el 12 de marzo, y basándose en un informe de la Guardia Civil, la Delegación del Gobierno de la Junta en Málaga comunicó que existían dos prospecciones para el alumbramiento de aguas superficiales realizados a percusión. El primero estaba tapado o sellado y el segundo «sin entubar y sin protección alguna, siendo este último en el que cae el menor» . La Guardia Civil señalaba que las obras realizadas no tenían las autorizaciones administrativas exigibles para su ejecución y que no se tomaron las medidas de seguridad establecidas para evitar un accidente.

Sin alegación

Con estos argumentos, la Secretaría General de Industria, Energía y Minas acordó el inicio de un procedimiento sancionador contra el propietario de los terrenos el 18 de junio de 2019. El procedimiento se tramita en la Delegación del Gobierno en Málaga, nombrándose un instructor, que, una vez finalizada su labor, emite propuesta de resolución con una multa de 300.001 euros por la comisión de una infracción de carácter muy grave en materia de seguridad minera . La defensa del sancionado no ha presentado alegaciones a este multa y ha sido aprobada.

Por otro lado, la Delegación de la Junta en Málaga ha tramitado un expediente sancionador contra la empresa que realizó las perforaciones por la comisión de una infracción de carácter grave en materia de seguridad minera, recogida en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, por actividades reguladas en dicha ley sin la dirección facultativa exigida.

Además, también por omitir la aprobación previa de los trabajos de prospección de aguas subterráneas y del proyecto correspondiente. La propuesta de resolución plantea sancionar a la entidad responsable con una multa por importe de 30.001 euros .

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