TRIBUNALES
La juez no ve delito en las subastas del Puerto de Benalmádena pero advierte de irregularidades «graves»
La magistrada ha archivado otra vez el caso de forma provisional abriendo la posibilidad para los denunciantes de los tribunales administrativos
Las empresas que presentaron la denuncia han recurrido el auto para intentar justificar los delitos de prevaricación y alteración de subastas
El Juzgado de Instrucción 4 de Torremolinos ha vuelto a archivar de forma provisional la denuncia por amaño de subastas prevaricación en el Puerto de Benalmádena. Sin embargo, la magistrada señala en su auto que se han cometido irregularidades «graves» , hasta el punto de hacer «nulo de pleno derecho» el concurso llevado a cabo para regular la actividad turística de los barcos.
Así, pese al archivo, la juez deja abierta la puerta para que las cuitas denunciadas s e diriman en un tribunal de lo Contencioso-Administrativo . Ante esta resolución, según fuentes judiciales, las mercantiles denunciantes han recurrido en reforma y subsidiariamente de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga.
Tratan de justificar la comisión de los delitos de prevaricación y alteración por parte de la concejala delegada de Puerto Marina, el director del puerto deportivo y uno de los funcionarios. Pero no es sencillo. En la instrucción pesan dos informes encargado por la magistrada al grupo III de la Unidad de Delitos Fiscales y Económicos (UDEF) de la Policía Nacional .
En sendos documentos se concluye que no está «debidamente justificada la perpetuación del delito». No ve un amaño y tampoco la prevaricación, porque aunque señala que e s una «resolución injusta y arbitraria» no se prueba que se hiciera «a sabiendas».
Concurso nulo
Estos documentos pesan sobre las periciales y las pruebas del informe que presentaron los detectives privados, que fueron contratados por las diez empresas denunciantes para obtener pruebas de las conductas denunciadas. «Frente al mismo, y sin desmerecer a su autor, se alzan las conclusiones del informe técnico-jurídico elaborado por un grupo policial altamente especializado, completamente imparcial y objetivo«, reseña el auto de la magistrada.
Ante todo esto, la magistrada señala que «es preciso distinguir entre las ilegalidades administrativas, aunque sean tan graves como para provocar la nulidad de pleno derecho , y las que, trascendiendo el ámbito administrativo, suponen la comisión de un delito«.
En este sentido, se refiere a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 de Málaga por la que las empresas tumbaron el concurso público para saber qué barcos podían llevar a cabo una actividad turística de navegación. Además, de declararse nulo el canon que el Puerto de Benalmádena había impuesto a los que sí obtuvieron licencia para llevar a cabo esta actividad.
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