Tribunales

Decir que en el PSOE se gastaron el dinero de los parados en «coca y fiestas» no atenta contra su honor

Así lo avalan dos sentencias tras una demanda que en 2012 interpuso la expresidenta de los socialistas andaluces Rosa Torres

Rosa Torres, a la derecha, en una imagen junto a Susana Díaz y Griñán ABC

Pablo D. Almoguera

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Málaga ha desestimado la demanda interpuesta por la que fuera presidenta del PSOE andaluz Rosa Torres contra el diputado nacional del PP Ángel González por unas declaraciones en las que dijo que en la formación socialista se habían gastado «el dinero de los parados en coca, fiestas y en dárselo a las empresas» . Unas afirmaciones gruesas que los magistrados consideran que no suponen una intromisión en el honor porque se realizaron dentro del contexto del reproche político .

El tribunal rechaza así el recurso interpuesto por la exconsejera contra la sentencia desfavorable para sus intereses que emitió el juzgado de Instrucción número 1 de Antequera en julio de 2013, en la que fue condenada al pago de las costas .

Las declaraciones objeto de demanda se produjeron el 20 de febrero de 2012 durante la celebración del Pleno del Ayuntamiento de Antequera . González, dirigiéndose a Torres, manifestó: «Lo que le digo es que si le importan los parados, para empezar, empiece a pedirles disculpas […] porque usted y su partido se han gastado el dinero de los desempleados en coca, fiestas y en dárselo a las empresas. Y lo dice la Guardia Civil, la Guardia Civil ».

La entonces presidenta del PSOE andaluz consideró estas expresiones un atentado contra su honor y el de su partido y demandó al edil y diputado nacional, al que le exigía 3.500 euros por los «daños morales sufridos» , así como la publicación de la sentencia en aquellos medios que se hubiesen hecho eco de sus palabras.

No obstante, aunque la titular del juzgado de Instrucción número 1 de Antequera consideró que las expresiones de Ángel González «pudieran calificarse de inapropiadas o desafortunadas», lo cierto es que «no fueron una invención suya» y consideró que el ciudadano medio entiende que «directamente» no se le imputan «conductas ilegales» a la dirigente socialista.

Además, hace hincapié en que «la libertad de expresión puede amparar opiniones, valoraciones o afirmaciones que, aún pudiendo suponer descrédito para una persona, no han de calificarse como insultantes o injuriosas. Particularmente en el ámbito de la contienda política».

Es en este último aspecto en el que se apoya la Audiencia Provincial para desestimar el recurso de apelación de Torres, a quien recuerda que las personas públicas «deben soportar, en su condición de tales, lo que se diga sobre el ejercicio de sus funciones».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación