«Isabel Pantoja casi confundió la sala de vistas con el escenario»
La actitud de la cantante ha sido decisiva para que jueces y fiscales rechacen su libertad
«Isabel Pantoja casi confundió la sala de vistas con el escenario». Es lo que afirman fuentes de la Audiencia de Málaga para explicar que la actitud de la cantante en el proceso que la condenó a dos años de cárcel por blanqueo no le ha ayudado a obtener el beneficio de la suspensión de la pena. La decisión definitiva sobre su entrada en prisión se adoptará en unos días, pero las mismas fuentes consideran difícil ya que se produzca un cambio de posición, tras el duro auto del lunes.
Poco antes de que el Tribunal se Málaga se pronuncie y acepte si darle unos días de margen para preparar su cautiverio, en fuentes conocedoras del caso se recuerda que la cantante adoptó una actitud «victimisma» durante el juicio, contestando sólo con un «monólogo» a las preguntas de sus abogados, sin reconocer su error o mostrar arrepentimiento.
En el auto de los jueces se detalla que negó los hechos, no los asumió y que debería haber mantenido una posición «prudente y silente» y no exponer en público que no reconocía haber cometido el delito. La gravedad del delito cometido y su conducta «ulterior y actual» llevaron a los jueces a atribuirle una «peligrosidad objetiva e intrínseca», convertida a estas alturas en una losa para su situación judicial.
Las mismas fuentes descartan que se haya tratado a Pantoja como a un «chivo expiatorio» y que su notoriedad pública haya jugado en su contra, al recordar que otros condenados en esa misma causa, «sin esa relevancia social», también han visto denegadas sus peticiones de libertad, en alusión a los dos empleados de banca, Benjamín Cantero y Fernando Salinas, con condenas inferiores a la de la cantante.
La relación sentimental de la cantante con el ex alcalde Julián Muñoz también resultó determinante. Para los jueces, Pantoja «permitió el blanqueo de los ilícitos beneficios obtenidos por su pareja» en la «corrompida y delictiva actividad político/pública» de este. Para la Fiscalía, la cantante «aprovechó su relación sentimental, favoreciendo con la intimidad que aquella proporcionaba la ocultación y opacidad» de sus actos, poniendo al servicio del ex alcalde las empresas de su propiedad.
Las fuentes jurídicas destacan que el delito de blanqueo es «muy difícil de probar», porque en este tipo de delitos «todo es opaco», debe sustentarse en pruebas indirectas y acreditadas con otras directas y que cuando se realiza en el ámbito de la intimidad resulta más complicado de detectar por cuanto se facilita la ocultación, una circunstancia que debe ser tenida en cuenta.
Aunque Pantoja podía reunir sobre el papel los requisitos para quedar libre, al no superar los dos años de pena y carecer de antecedentes, argumentan que «no se trata de un proceso automático, sino de una facultad discrecional y nunca arbitraria» de los jueces, donde se tienen en cuenta criterios como la peligrosidad criminal del suceso o las circunstancias de la persona.
La jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como del Constitucional es unánime al señalar que la pena de prisión tiene una función de «prevención general disuasoria» dirigida a la sociedad en su conjunto, una posición asumida también en el auto, que considera que el rechazo a la libertad de la cantante sevillana resulta «ejemplar» para «servir de freno» a otras conductas delictivas.
El caso Blanqueo por el que ha sido condenada la tonadillera, Muñoz, la ex mujer de este, Maite Zaldívar, y otras tres personas, parte de la Operación Malaya, el mayor proceso contra la corrupción política desarrollado hasta ahora en España.
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