Tribunales

El Supremo obliga a la Junta admitir a un opositor suspendido hace 9 años

Varias sentencias del TSJA fuerzan también la incorporación a la función pública de recurrentes

Sede del Tribunal Supremo ABC

JAVIER LÓPEZ

Una sentencia del Tribunal Supremo obliga a la Junta de Andalucía a nombrar funcionario de carrera a un opositor al que suspendió hace casi una década . El máximo órgano anula la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que había desestimado el recurso presentado por el aspirante contra la lista de aprobados para el cuerpo superior facultativo, opción arquitectura, quienes forman parte de la administración autonómica desde 2009.

El opositor presentó un recurso de alzada que fue desestimado por la Junta, por lo que recurrió al TSJA, que el 10 noviembre de 2014 rechazó en una sentencia las pretensiones del aspirante, quien interpuso entonces un recurso de casación ante la sección séptima del Supremo, tribunal que anula la sentencia previa y dicta otra que es firme. Por esta causa, la Consejería de Hacienda y Administración ha llamado a filas al recurrente, que formará parte del cuerpo de funcionarios.

En cumplimiento de la sentencia, la Junta tiene en cuenta que la respuesta correcta a la pregunta 83 de la primera parte del ejercicio de oposición no es la opción D, sino la B. Además, anula una pregunta , la número 20 de la segunda parte, lo que motiva que se elabore una nueva lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo, en la que se encuentra el recurrente, que en virtud a la resolución, ocupará una plaza de titulado superior en la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Hacienda.

Este no es el único caso en el que las resoluciones judiciales rectifican las listas de aprobados de la Junta de Andalucía. Al respecto, el TSJA ha estimado parcialmente dos recursos presentados por sendos opositores que concurrían a la especialidad de administradores generales. Ambas sentencias se fundamentan en el derecho de los recurrentes a que se considere correcta su respuesta a la pregunta 26 del ejercicio práctico. A consecuencia de la nueva calificación resultante de la anterior los recurrentes han sido nombrados funcionarios de la Consejería de Fomento y Vivienda.

El TSJA ha anulado también la resolución de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 6 de julio de 2011, que desestimó el recurso de alzada presentado por un opositor de las pruebas selectivas al cuerpo superior facultativo, opción ciencias del medio ambiente y calidad ambiental, quien no fue aprobado. En su fallo, el Tribunal ordena que se valoren y computen determinadas  publicaciones del recurrente, al que se le ha asignado plaza en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

El Supremo obliga a la Junta admitir a un opositor suspendido hace 9 años

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación