EMPLEO PÚBLICO
Un opositor consigue una plaza de letrado en la Junta seis años después de celebrarse el examen
La sentencia del TSJA fuerza a la administración andaluza a modificar la puntuación obtenida por el recurrente
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha obligado a la administración autonómica a nombrar miembro de su cuerpo de letrados a un opositor 6 años después de celebrarse las pruebas y 5 años más tarde de que los aspirantes aprobados fueran designados oficialmente funcionarios de carrera. La sala que ha juzgado el caso ha declarado la nulidad de la resolución administrativa impugnada tras declarar al recurrente apto en la calificación de un ejercicio del proceso selectivo.
El opositor fue nombrado el mes pasado funcionario adscrito al cuerpo de letrados de la Junta de Andalucía tras determinar el TSJA el 21 de junio la firmeza de la sentencia decretada en 2017, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente, quien participó en 2012 en las pruebas selectivas de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que publicó el listado de aprobados en septiembre de ese año.
Posteriormente, por resolución de 13 de junio de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se ofertaron vacantes a los aspirantes seleccionados. Finalmente, por orden de 28 de junio de 2013, de la Secretaría General para la Administración Pública se procedió al nombramiento como funcionarios de carrera de este cuerpo a una relación de aspirantes en la que no había sido incluido el recurrente.
Tras el fallo judicial, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en ejecución de sentencia, ha nombrado a este opositor funcionario de carrera del cuerpo de letrados de la Junta de Andalucía, a quien ahora sí considera que ha superado las pruebas selectivas para ingreso al mismo, por el sistema de acceso libre, correspondiente a la oferta de empleo público, al obtener una puntuación 75,57 puntos .
Previamente, la comisión de selección de las pruebas selectivas ha modificado la calificación del ejercicio quinto del recurrente, por lo que ha sustituido la nota otorgada en su día (14 puntos), por la de 15,01 puntos. A consecuencia de la nueva puntuación, la Junta ha incluido al recurrente en la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, asignándole, en función de ésta, el número de orden 8 del proceso selectivo.
A nivel administrativo, la sentencia aclara que el recurrente es funcionario desde el 8 de julio de 2013 , primer día de trabajo de los los aspirantes seleccionados en el proceso selectivo, conforme a lo dispuesto en la orden de la Consejería de Hacienda y de 28 de junio de 2013, por la que se nombraron funcionarios de carrera del cuerpo de letrados de la administración autonómica. El fallo, empero, exime a la Junta de pagar también el salario de los 5 años transcurridos a su nuevo letrado.