Caso Matinsreg

El Ayuntamiento de Jaén pidió en 2014 el archivo de la causa por la que ahora solicita cárcel para el exalcalde

La fiscalía propone el sobreseimiento de las acciones judiciales abiertas contra José Enrique Fernández de Moya

José Enrique Fernández de Moya, exalcalde de Jaén y exsecretario de Estado de Hacienda ABC

Javier López

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Jaén pidieron en 2014 el archivo de las diligencias abiertas contra el entonces alcalde de la ciudad, José Enrique Fernández de Moya , por su presunta relación contra la trama fraudulenta urdida en torno a la empresa Matinsreg, encargada del mantenimiento de las fuentes públicas y acusada de inflar las facturas derivadas de su cometido. Ahora, sin embargo, la abogacía municipal pide 6 años de cárcel para el exregidor, al que exonera de responsabilidad la fiscalía provincial.

El fiscal jefe de Jaén, Carlos Rueda , no encuentra razones para procesar al exalcalde y ex secretario de Estado de Hacienda por los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias. El ministerio público se desmarca del juez instructor y de la acusación ejercida por el Ayuntamiento, que pide prisión para el regidor por su presunta relación con el quebranto de 4,1 millones de euros a las arcas públicas.

Hace 5 años, los servicios jurídicos municipales tenían una opinión distinta. Para el letrado los hechos investigados no constituían entonces un ilícito dado que consideraba que la actividad de la empresa zamorana Matinsreg estaba amparada por la ley de contratos del sector público, que dispone que ante situaciones de riesgo para el mantenimiento de los servicios públicos el consistorio tiene la potestad de contratar libremente . Y eso es lo que sucedió en 2012, cuando la renuncia de la empresa que llevaba a cabo el mantenimiento de fuentes y semáforos a realizar su cometido obligó al Ayuntamiento a recurrir a la firma castellana.

Eran otros tiempos. En los actuales la asesoría jurídica municipal ha solicitado, además de cárcel, una condena de nueve años de inhabilitación para desempeño de cargo público. El consistorio justifica su petición en la presunta prevaricación perpetrada por el entonces alcalde, al que responsabiliza también de un delito de fraude y otro de exacción fiscal al permitir, supuestamente, que la empresa contratada cobrara de más.

El cambio del criterio del Ayuntamiento contrasta con la posición firme del ministerio público, que, como ya hizo, pide el sobreseimiento de la causa en un escrito remitido al juzgado de instrucción. El escrito aún no ha sido recibido los servicios jurídicos del consistorio, por lo que en principio mantienen la acusación contra el exalcalde, al que alivia su situación procesal la decisión del fiscal, quien le exonera de haber participado en la trama investigada.

Así, la fiscalía resalta que los documentos que propiciaron que la empresa zamorana trabajara para el Ayuntamiento se elaboraron durante la ausencia de Fernández de Moya , por ser período de vacaciones, en la concejalía de mantenimiento, sin que el regidor participara en ninguna de las reuniones previas a la contratación. Lo que sucedió después tampoco es razón para su procesamiento, a juicio del ministerio público.

Para el fiscal, las resoluciones de José Enrique Fernández de Moya, esto es, la aceptación de los encargos realizados a las distintas empresas y los levantamientos de los reparos de legalidad, no son arbitrarias ni han sido dictadas a sabiendas de su injusticia , por cuanto, según aclara, todas las facturas con independencia de la empresa que las hubiera emitido habían sido conformadas por el concejal y el técnico responsable.

El fiscal explica que, aparentemente, esto significaba que los trabajos se habían efectuado. Y añade que en todos los reparos de legalidad formulados por la intervención se hacía constar la existencia de crédito, «pues evidentemente los trabajos realizados se correspondían a unos servicios que venía prestando hasta julio de 2012 la empresa Imesapi y estaban esos gastos contemplados en los presupuestos». Además, expone, el informe del oficial mayor del Ayuntamiento aconsejó acudir a la tramitación de emergencia para contratar libremente.

Rueda se ampara en la jurisprudencia para apuntalar su petición. Al respecto, explica que en supuestos en los que la autoridad imputada no ha participado en el proceso previo ni consta que tuviese ningún interés por las personas afectadas en el mismo, ni tampoco que conociese que se hubiese cometido irregularidad alguna, el Tribunal Supremo ha excluido la prevaricación, dado que «no hay voluntad de beneficiar o perjudicar a alguien».

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