URBANISMO

La promotora de las torres de Punta Umbría pide ahora aplicar la sentencia a una parcela del ex alcalde

Riaumbría solicita al Ayuntamiento que anule la venta de 2006 y derribe la vivienda que Hernández Cansino construyó en suelo que considera es patrimonio municipal

Edificio central del Ayuntamiento de Punta Umbría Alberto Díaz

M. R. Font

La promotora de las dos torres d e 19 plantas que estaba previsto construir Punta Umbría , proyecto que ha quedado paralizado por sentencia judicial, amplía las acciones que ha puesto en marcha «en defensa de sus intereses» también hacia el ex alcalde del PP y hoy portavoz de Unidos por Punta Umbría (UPU), José Carlos Hernández Cansino , por una finca que adquirió cuando estaba al frente del Ayuntamiento.

Según ha comunicado la empresa Riaumbría , ha solicitado por escrito al Consistorio de «la ejecución inmediata de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Huelva en la que se establece que todos los terrenos de Punta Umbría son Patrimonio Municipal de Suelo (PMS).

La promotora ha afirmado que la sentencia «afecta de forma directa» a la operación de venta de suelo que acordaron en 2006 el Ayuntamiento costero y el entonces alcalde, por la que Hernández Cansino adquirió una parcela «en la zona de más valor del municipio» para construirse un chalet familiar , que pide se derribe tras anular la venta ya que la construcción «es ilegal », de manera que el suelo pase de nuevo a manos municipales en cumplimiento de la sentencia.

El principal artífice de esta sentencia es el portavoz de UPU y la resolución ha servido de fundamento para anular la venta de las parcelas en la que se iba a construir el proyecto urbanístico y residencial William Martin.

La promotora ha incidido en que al tener los suelos de Punta Umbría la consideración de Patrimonio Municipal, atendiendo a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), en todas las parcelas de uso residencial únicamente se puede construir viviendas de protección pública y se impide la construcción de viviendas de renta libre , salvo que se adopte, una Declaración de Excepcionalidad previa que justificara los motivos por los que se necesitan construir esas viviendas de renta libre.

En este punto, ha señalado que Hernández Cansino cuando era alcalde compró al Ayuntamiento una parcela situada en la Plaza de la Peña, a la que da consideración de Bien Patrimonial y Suelo de uso Residencial, construyendo dos viviendas tipo Chalet (unifamiliar pareadas) de Renta Libre, «no teniendo ninguna de ellas ninguna figura de protección pública».

Según la empresa, «todo el procedimiento de venta de este suelo y las licencias de construcción y obras que el entonces alcalde de Punta se otorgó a si mismo fueron ilegales ya que vulneraron el contenido de esta sentencia dictada ahora por el Juzgado de Huelva, teniendo además en cuenta que el Ayuntamiento que él dirigía entonces tampoco realizó la preceptiva Declaración de Excepcionalidad».

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