Tribunales

Multa de 1,5 millones y penas de cárcel por fraude a la Seguridad Social para una autoescuela de Huelva

La Audiencia Provincial impone además a las propietarias una indemnización de 398.000 euros a la Tesorería General de la Seguridad Social

La sede de la Audiencia Provincial de Huelva ABC

M. Rosa Font

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a seis años de cárcel y al pago de una multa de más de 1,5 millones a las dueñas de una autoescuela que defraudaron durante años a la Seguridad Social , con un «impago sistemático» de las cotizaciones de los trabajadores que tenían en nómina.

La sentencia de conformidad condena a cada una de las hermanas, propietarias de la autoescuela, a dos años de cárcel por defraudación a la Seguridad Social y otro año de prisión por un segundo delito de frustración de la ejecución , además de una multa para cada una superior a los 796.000 euros .

Además, el tribunal les impone el abono de forma conjunta y solidaria de una indemnización de 398.000 euros a la Tesorería General de la Seguridad Social, y condena a un tercer acusado, hijo de una de ellas al que designaron administrador único de una sociedad, también por frustración de la ejecución.

La Audiencia onubense considera probado que las propietarias de la Sociedad Cooperativa Autoescuela Rábida SLL – con la que solo podían contratar a una persona por cuenta ajena-, crearon una segunda sociedad en 2001, con el mismo domicilio social y para la que aportaron capital procedente de la cooperativa, a través de que la que empezaron a contratar profesores.

«La gestión de las hermanas produjo de forma consciente una confusión de la separación de la cooperativa y de la sociedad, que pasaron a operar como un verdadero grupo empresarial o empresa única, con unidad de domicilio social y actividad, nombre comercial, trabajadores y alumnos», señala la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, para añadir que, sin embargo, «las acusadas deliberadamente mantuvieron (a las mercantiles) ante los organismos públicos de forma separada , lo que dificultaba la identificación del verdadero deudor de las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores contratados».

Entre 2013 y 2016, se produjo «el impago sistemático» de las cotizaciones a la Seguridad Social, con lo que se generó «una cuantiosa deuda».

«Con objeto de eludir el pago de la creciente deuda» – destaca la sentencia- y tras una visita de inspección, las ya condenadas crearon una tercera sociedad , con idéntica actividad a las anteriores pero esta vez la ubicaron en una dirección diferente, la pusieron a nombre del hijo de una de ellas y «despatrimonializaron» las otras mercantiles, de manera que « evitaron las actuaciones de ejecución de la Seguridad Social y la identificación del deudor ».

El tribunal concede a las acusadas el beneficio de suspensión de la pena de prisión durante tres años a condición de que no vuelvan a delinquir en este tiempo, que cumplan 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad y que abonen la indemnización en función de sus respectivas capacidades económicas, con un mínimo mensual de 100 euros. El mismo beneficio se concede al tercero acusado.

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