JURADOS POPULARES

Doble crimen de Almonte: «La motivación del jurado no es irrazonable ni insuficiente»

La magistrada que preside el tribunal avala la exposición dada en el veredicto y dicta la absolución del único acusado

F.J.M. tras ser declarado no culpable por el jurado popular EFE/Julián Pérez

M. ROSA FONT

La magistrada que ha presidido el juicio por los crímenes de Miguel Ángel Domínguez y su hija María (ocurridos en abril de 2013 en Almonte) no pone pega alguna a la motivación expuesta por el jurado que declaró no culpable a Francisco Javier M.R., el hombre que durante un mes se ha sentado en el banquillo como acusado de los asesinatos, hasta el pasado 6 de octubre, cuando salió en libertad después de tres años.

La motivación del jurado « no es irrazonable ni insuficiente» desde la exigencia constitucional y la doctrina, señala la magistrada Carmen Orland , en una sentencia de diez folios en la que recoge jurisprudencia en la materia a lo largo de varias páginas, a la que ha tendio acceso ABC.

Tras repasar, uno a uno, los hechos probados y elementos de convicción del jurado, señala que la conclusión de este es la de no tener por autor al acusado «no solo porque no se deduce una concatenación lógica de las circunstancias necesarias para abonar las tesis inculpatorias sino porque de la prolija prueba realizada a lo largo de las sesiones del juicio oral conceden credibilidad a dos testigos que afirman la presencia del acusado en su puesto de trabajo en la hora estimada de los luctuosos hechos, según los mensajes de whatsapp de una vecina del inmueble donde sucedieron y de la data media de la hora de las muertes, informada por médicos forenses».

De otra parte, explica en la sentencia - en la que destaca en negrita que en las sentrencias condenatorias el canon de motivación es más riguroso que en las abosolutorias-, los jurados aluden a otras fuentes de prueba -entre las que cita grabaciones de las cámaras del establecimiento en el que trabajaba- para descartar otras dos declaraciones t estificales que, en la franja horaria, situaban al acusado fuera del establecimiento. Añade además la argumentación de que consideran «poco probable que en ese corto espacio de tiempo el acusado pudiera cometer los hechos y también prepararse antes y después para no despertar sospecha».

Orland destaca asimismo que los jurados han valorado la importante prueba pericial del Instituto Nacional de Toxicología (INT) y, «conforme a la literalidad de las conclusiones de los expertos, no pueden afirmar con la rotundidad necesaria para establecer un pronunciamiento de condena que el contacto del acusado con las toallas que son pieza de convicción se haya producido sin un vehículo intermedio». El INT halló ADN del acusado en unas toallas limpias de sangre recogidas de la casa, en la que no entraba desde hacía más de tres años. 

« Tampoco este razonamiento se considera ilógico o arbitrario» , motivo por el que se recepcionó el acta del veredicto al entender que se había expresado correctamente la motivación de la decisión que de forma suscinta exige la norma legal.

«No se exige, por tanto, una mayor motivación pues según el parecer de los jurados de la prueba practicada en el acto del juicio no se deduce actividad imputable al acusado que integre los elementos constitutivos de los delitos imputados», debiendo prevalecer el derecho a la presunción de inocencia , por lo que dicta una sentencia absolutoria .

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