Tribunales

Condenan a una entidad bancaria a pagar 14.000 euros a un cliente por falta de información

El Supremo rectifica a la Audiencia Provincial y anula los contratos suscritos con la empresa en 2008

M.R.F.

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a una entidad bancaria a abonar 14.000 euros a un cliente tras dejar sin efecto dos contratos al considerar que no cumplió con los deberes de información señalados en la legislación.

Los hechos ocurrieron hace siete años , momento en el que la empresa (Azkar Huelva SL), que se dedica al transporte de mercancías, celebró con el banco ahora condenado los contratos, generándole el swap liquidaciones negativas de 14.024,74 euros.

Dos años después, en 2010, decidió cancelar anticipadamente del contrato para evitar la acumulación de nuevas liquidaciones de dicho tipo, comunicándole la entidad financiera que el coste de cancelación ascendía a 99.723 euros, ante lo que  demandó a la entidad pidiendo la nulidad de los contratos, por error en el consentimiento e incumplimiento de normas y el abono del importe de dichas liquidaciones.

Así, el TS ha estimado el recurso de casación interpuesto por la mercantilcontra la sentencia de la Audiencia Provincial que revocó la de primera instancia, con cuyos términos coincide el alto tribunal y la confirma íntegramente.

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