TRIBUNALES
La condena a prisión permanente revisable para el asesino de Laura Luelmo en Huelva ya es firme
La defensa de Bernardo Montoya no ha recurrido la sentencia, ni tampoco ninguna de las acusaciones personadas en la causa
Bernardo Montoya , el hombre que acabó brutalmente con la vida de Laura Luelmo en diciembre de 2018 no saldrá de la cárcel durante décadas, hasta que pueda ser revisada la pena de prisión permanente revisable que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva .
Un mes después de que se conociera la sentencia de la Audiencia onubense, que condenó a Montoya por un delito de asesinato con la agravante de reincidencia (fue condenado por sentencia firme de 31 de diciembre de 1997 de la Audiencia de Huelva por delitos de allanamiento de morada, obstrucción a la justicia y asesinato) y a otros 17 años y medio de cárcel por un delito de detención ilegal , en concurso ideal con un delito de agresión sexual con la agravante de género, la sentencia es ya firme .
La resolución de la Audiencia onubense no ha sido recurrida por ninguna de las partes personadas en la causa, han confirmado a ABC fuentes de la Fiscalía de Huelva, ni por la defensa del asesino ni por las acusaciones, ejercidas por el Ministerio Público, la acusación particular en representación de la familia de la víctima y la Junta de Andalucía .
La sentencia se dictó al mes siguiente de que se celebrara el juicio, a puerta cerrada, tras el que un jurado popular declaró a Montoya culpable del asesinato y agresión sexual de Laura Luelmo.
El jurado consideró probado que sobre las 17.30 horas del día 12 de diciembre de 2018 , la víctima fue abordada por Montoya, que vivía frente a la casa de la joven en El Campillo , cuando ella regresaba de hacer la compra en un supermercado. El asesino la metió por la fuerza en su casa, donde la agredió sexualmente y la golpeó hasta dejarla con un hilo de vida.
La joven falleció aproximadamente a las 20.15 horas del día 13 de diciembre de 2018 en el paraje las Mimbreras , donde fue hallado su cuerpo el día 17 de diciembre.
La sentencia hace hincapié en que el acusado sometió a la joven a « padecimientos innecesarios y un sufrimiento más intenso que el que se requería para causarle la muerte», mientras que, al agredirla sexualmente, « utilizó la violencia para conseguir su sumisión total a la satisfacción del deseo sexual, incurriendo en una conducta particularmente degradante para la mujer, de cosificación y dominación, que se corresponde con su propio concepto de los roles de género».
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