Tribunales
La causa contra el SUP en Huelva vuelve a instrucción tras ocho años por un error de trámite
El instructor tiene que dar trámite al sindicato para que se persone como parte y a la Dirección General de Policía
![La causa contra el secretario general del SUP en Huelva por acoso a un mando, de nuevo al instructor](https://s1.abcstatics.com/media/2018/02/19/s/policia-nacional-kDmB--620x349@abc.jpg)
La causa contra el secretario general del Sindicato Unificado de Policía (SUP) en Huelva, F.G.M., por acoso a un mando, el ex jefe del Servicio de Atención a la Familia y Delitos Violentos (SAF/Udev), vuelve a manos del instructor por un error de trámite .
Ocho años después de que se produjeran la primera denuncia y cuatro desde que la Audiencia Provincial de Huelva confirmara el procesamiento del sindicalista como presunto autor de un delito contra la integridad moral, la Juez del Penal 3 – en el que estaba señalado hoy el juicio- ha devuelto el caso al Instrucción 5, para que dé trámite del auto al SUP – al que se señala como responsable subsidiario- y a la Dirección General de Policía para que se personen como parte en el procedimiento.
Este parón va a producir un demora en el nuevo señalamiento de la vista oral - que podría tardar casi un año en producirse- , ya que las nuevas partes, una vez personadas, tendrán que presentar sus respectivos escritos de acusación o petición de absolución.
La causa que se va a ver en el Penal 3 se inició en 2010, a raíz de una denuncia del entonces jefe del SAF, después de que este detuviera a varios agentes del Cuerpo por violencia de género hacia sus respectivas parejas.
La Fiscalía no ejerce acusación y ha presentado un escrito de conclusiones absolutorias, al considerar que F.G.M. «no llevó a actuaciones con la intención de acosar y atentar contra la dignidad personal y profesional del Inspector jefe del SAF ni de coaccionarle, sino movido por el interés y en el ejercicio de su actividad como representante sindical del sindicato SUP».
La acusación particular solicita cuatro años de cárcel (por el delito contra la integridad moral) o subsidiariamente por el de coacciones, tres años, a los que suma otros dos (calumnias) y 14 meses de multa por injurias. En concepto de responsabilidad civil, pide una indemnización de 750.000 euros, para cuyo pago responsabiliza de forma solidaria al acusado, al Sindicato Unificado de Policía y a la Dirección General de la Policía.
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