Caso Juana Rivas
El juez ratifica el ingreso en prisión de Juana Rivas y no la ve «merecedora» del indulto
Considera que «anima y alienta a realizar conductas similares» y que todo lo expuesto por su defensa o «es falaz» o «no debe ser tenido en cuenta» por criterios de igualdad con otros condenados
El juzgado de lo Penal 1 de Granada ha desestimado el recurso interpuesto por la defensa de Juana Rivas para revocar su ingreso en prisión. Lo ha hecho en un auto, al que ha tenido acceso este periódico, donde ratifica la condena sobre la acusada y rechaza de plano la posibilidad de un indulto al no creerla «especial merecedora» de ello.
En la resolución el magistrado cita varias de las razones para oponerse a la medida de gracia, incidiendo en que lo expuesto por la defensa o «es falaz» o «no debe ser tenido en cuenta» .
A lo largo de la resolución, especialmente dura con la condenada, señala que de darse podría ser un ejemplo para otros casos y que «anima y alienta conductas similares» en el futuro con la esperanza del indulto. De la misma manera, incide en el relato del maltrato por parte del padre de sus hijos destacando que «no se puede imponer como relevante jurídicamente un hecho o una realidad que no existe y que el derecho no la validado ni ha acreditado» .
En lo que respecta a los episodios violentos expresados por la defensa de Rivas, el juez es aún más específico y relata aún más las razones de su decisión. «No consta para nada ese ambiente infernal de maltrato porque no ha habido ni una sola condena posteriormente al momento en que se inicia la convivencia tras un primer incidente lejano en el tiempo, tras el cual la penada inició la convivencia con el padre de los menores« señala.
De alguna manera, el auto, consciente de la relevancia social del caso , insiste en no recomendar la medida de gracia y apunta que «el hecho de que ciertos colectivos reclamen el indulto, no debe ser motivo para concederlo, pues a buen seguro que también los hay en contra» .
En todo caso, este auto del juez no supondrá que Rivas deba volver físicamente a un centro penitenciario , pues ya está cumpliendo condena como reclusa de tercer grado en su casa . La consecuencia de esta negativa a revocar su ingreso en prisión es que será ahora la Audiencia de Granada la que habrá de pronunciarse sobre la petición de la defensa de suspender la pena mientras se resuelve la petición de indulto.
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