REPORTAJE
Así vive una notaría de Córdoba la polémica por el impuesto de las hipotecas
El notario Rafael Díaz-Vieito y sus clientes dan su punto de vista acerca del abono del gravamen
![Rafael Díaz-Vieito, en su despacho](https://s2.abcstatics.com/media/andalucia/2018/11/19/s/reportaje-notario-cordoba-U212165715946fnG--1248x698@abc.jpg)
SON las diez de la mañana en un despacho de la notaría de Rafael Diaz-Vieito, con un gran ventanal al Bulevar del Gran Capitán. El trasiego es constante. Las sillas están ocupadas en la antesala por dos matrimonios, el presidente del Córdoba CF que entra a otra de las estancias mientras en otro despacho se firma una hipoteca. En una mesa larga, siete personas se dan cita —vendedores, compradores e hijos, el representante del banco— a la que se suma el señor notario que dará fe de lo que se firme. Al despacho llegan dos o tres hipotecas de media al día para firmar.
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El turno, hoy, es para la compra de una segunda residencia. En este caso, no han aplazado la firma de la hipoteca pero la compradora asegura que estaba pendiente de lo que dictaminara el Pleno del Tribunal Supremo y lo que decidiese el Gobierno. «Los gastos de hipoteca ya venían fijados a cargo del banco», asegura uno de los hijos treintañeros del matrimonio. «No tenemos problema», señala.
«Los gastos de nuestra hipoteca ya venían fijados a cargo del banco», asegura una familia
Díaz-Vieito asegura que estas últimas semanas se han vivido con incertidumbre. Explica, pausado, que la gente venía tratando de resolver sus dudas. Y sí hubo incertidumbre a partir del 16 de octubre, cuando se sentenció ue el artículo del reglamento del tributo de Actos Jurídicos Documentados era contrario a la Ley y era el banco quien tenía que pagar el impuesto. El Supremo tumbó en pleno ese criterio y el Gobierno introdujo el cambio legislativo. Durante ese periodo de tiempo sí ha habido incertidumbre que no se podía despejar, explica este fedatario público.
«Una temeridad o una irresponsabilidad»
En esta línea, explica que había una sentencia que contradecía otros fallos anteriores, una cuestión que dejaba en el aire la forma de aplicar el impuesto. «Afirmar quién era el sujeto pasivo —quien ha de pagar era una temeridad o una irresponsabilidad», matiza.
A juicio de Díaz-Vieito, en estos momentos « se ha puesto el foco en el Tribunal Supremo como consecuencia de una sentencia que generó unas expectativas que se le devolviera a mucha gente el dinero, y al final esa sentencia contradecía una sentencia anterior muy consolidada, y yo creo que la resolución final del Pleno del supremo, era lo que se acomodaba a lo que existía y quién era el sujeto pasivo».
De hecho, la norma era del año 1995, justifica este f edatario público, y se aprobó siguiendo los procedimientos establecidos en la ley. En esta línea, todas las comunidades autónomas las aplicaron en un mismo sentido, independientemente del partido que gobernara en ellas. «Ese cambio de criterio creo que no estaba fundamentado y creo que era un cambio de jurisprudencia pacífica que no debió contar con el resto», asegura este experto en la materia.