La víctima de la violación tendrá que volver a declarar
La joven, que tenía 14 años cuando sucedieron los hechos, verá cómo se «ahonda su victimización», según los juristas consultados
![Fachada del Tribunal Supremo, la instancia judicial que ha anulado la condena](https://s2.abcstatics.com/media/andalucia/2016/12/14/s/tribunal-supremo-cordoba-k0FE--620x349@abc.jpg)
La menor que fue violada en 2009 por su tío cuando ella tenía 14 años, delito por el que su familiar fue condenado a 22 años de cárcel, tendrá que volver a contar ese episodio de su vida en un juicio. Un fallo del Tribunal Supremo obliga a repetir la vista oral en el mismo órgano pero con magistrados distintos que no tengan conocimiento directo de los hechos. La razón, dice la sentencia, es que se ha vulnerado el derecho del acusado a que emita el fallo un juez imparcial, por lo que condena queda anulada. Según explica, la defensa legal del acusado ya intentó en su momento la recusación de los magistrados por este mismo motivo, una iniciativa legal que fue rechazada. La causa de la nulidad es que el tribunal revocó el auto de procesionamiento realizado por el juzgado único de instrucción de Peñarroya-Pueblonuevo con el objetivo de que se realizaran nuevas actuaciones de investigación y, en su caso, que se ampliasen las acusaciones contra el hombre que se sentó en el banquillo por estos hechos.
«Ahondar en la victimización secundaria»
La repetición del juicio, según los juristas consultados por ABC, supone «ahondar en la victimización secundaria de la víctima de una agresión sexual, al tener que declarar en el mismo juicio y por los mismos hechos». Un extremo que tendrá recordar con detalle, ante tres nuevos jueces que no tengan conocimiento directo de los hechos.
Entendía la Audiencia que se había realizado una instrucción imcompleta o defectuosa de los hechos lo que a su vez tuvo un efecto derivado: los juzgadores ejercieron en cierta manera de instructores del sumario. La sentencia del Supremo estima que el tribunal juzgador asumió un papel de órgano instructor disponiendo la revocación de la conclusión del sumario con el objetivo de ampliar la acusación contra el encartado.