TRIBUNA LIBRE
Verdad, Reparación, Justicia
Exhorto a la Fiscalía General y a los Juzgados de Instrucción para iniciar diligencias ante las informaciones sobre las indiciarias responsabilidades de ciertas autoridades
Nunca pensé que escribiría este artículo, porque nunca pensé que una catástrofe humanitaria de la magnitud que estamos padeciendo pudiera tener lugar; y desde luego nunca imaginé que nuestros gobernantes nos dieran tantas lecciones de desgobierno y negligencia indiciaria. Me equivoqué.
Los hechos son los hechos, independientemente de quien sea quien los descubra, los manifieste o los pruebe. Y desgraciadamente, aún no están esclarecidos ni los antecedentes de la declaración del estado de alarma ni los posteriores hechos sobrevenidos; ni los pasados ni los presentes, me temo. Es necesario, por ello, que se inicien y se impulsen por los poderes públicos competentes todas las investigaciones adecuadas que conduzcan al total esclarecimiento de lo acontecido en este 2020, maldito ya en los anales de la Historia; y tienen que ser investigaciones conforme a Derecho y, por tanto, efectuadas incoándose los debidos procesos judiciales y administrativos por las autoridades competentes, especialmente en vía judicial penal si se aprecia indicios racionales de delitos o en vía administrativa incoando las llamadas actuaciones o información previa. Por tanto, en primer lugar, exhorto ya públicamente a la Fiscalía General del Estado y a todos los Juzgados de instrucción competentes para iniciar las diligencias adecuadas ante las informaciones publicadas o conocidas relativas a las indiciarias responsabilidades penales de ciertas autoridades públicas, estatales o autonómicas, ya demandadas ante distintos órganos de la Jurisdicción penal; y en segundo término, exhorto a las Administraciones públicas competentes, especialmente en sanidad o salud, a que acuerden de oficio la incoación de todas las actuaciones administrativas previas sobre los hechos acaecidos.
No son éstas las únicas actuaciones procedimentales o procesales que deben tener lugar, por cuanto no ha de olvidarse las ya demandadas ante la Jurisdicción social y contencioso-administrativa por organizaciones sindicales o profesionales en amparo de la vida y la salud de los trabajadores prestadores de los servicios sanitarios, seguridad pública,... así como las también reclamadas en virtud de la indiciaria responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas sanitarias por los daños y perjuicios ocasionados por su funcionamiento, anormal o normal.
La Verdad lo exige sin paliativos, la Reparación -o mejor dicho, mera compensación económica y moral- de las miles de lesiones personales y patrimoniales producidas (y aún por acontecer) lo demanda sin excusa alguna y, por último, la Justicia con mayúsculas lo impone, sin eximentes de tipo ideológico o sectario. Pero todo ello llevará su tiempo y será, creo, un largo camino lleno de obstáculos, traiciones y corrupciones como nunca ha habido en nuestra historia reciente. Ojalá me equivoque.
Una situación de extraordinaria y grave emergencia sanitaria está ya produciendo una situación de urgencia económica y social y, me temo, conducirá a un escenario de emergencia socioeconómica nunca conocido ni padecido por nuestros gobernantes, estatales, autonómicos y locales. Y como no lo han conocido ni padecido en sus propias carnes carecen de la capacidad y la experiencia para poder afrontarlo. Resulta ser una cruel paradoja que nuestros actuales gobernantes sean los nietos de la generación que sí conoció y padeció situaciones de emergencia vital que nadie bien nacido desea recordar con placer o con odio; resulta paradójico que nuestros mayores, nuestros pensionistas de sesenta, setenta y ochenta años, hayan sido abandonados miserablemente por nuestros gobernantes actuales al no haber adoptado a tiempo, en contra de la ética o moral pública y los principios generales del Derecho, las medidas preventivas ante la pandemia que estaba asolando China , Corea, Japón, Tailandia y Singapur desde mediados de enero.
Es ilustrativa la fecha del 30 de enero, fecha en que se reúne el Comité de Emergencias de la Organización Mundial de la Salud (OMS), conociendo sobradamente la magnitud de la rápida expansión de la epidemia acontecida en China, así como la declaración de contagiados en 18 países, lo cual justificó, por fin, su declaración de la emergencia de salud pública de importancia internacional, reconociendo que «las medidas adoptadas por China son adecuadas, no solo para el país, sino también para el resto del mundo» y que «todavía es posible interrumpir la propagación del virus, si los países aplican medidas sólidas para detectar pronto la enfermedad, aislar y tratar los casos, hacer seguimiento de los contactos y promover medidas de distanciamiento físico en las relaciones sociales que estén en consonancia con el riesgo».
Tan solo 7 días antes, el Ministerio de Sanidad informó que estaba elaborando un protocolo de actuación ante la aparición de posibles casos sospechosos de coronavirus en España y que ha decidido que, «con independencia de la decisión que adopte el comité de emergencia de la OMS, se consensuará con las Comunidades Autónomas el protocolo de actuación para estar preparados ante cualquier eventualidad»; el día 28 de enero, conociendo la tasa de letalidad del 2,3% en esa fecha, el Ministro de Sanidad manifestaba: «Nuestro país cuenta con recursos y con un buen sistema de coordinación con las comunidades autónomas. Y estamos preparados para actuar ante cualquier eventualidad». Los hechos posteriores lo han desmentido: el protocolo previendo los distintos escenarios o eventualidades posibles y sus correspondientes medidas no lo conoce la opinión pública. Alea jacta est.
Humberto Gosálbez Pequeño es profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Córdoba
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