TRIBUNALES

El TSJA reconoce incapacidad laboral a un enfermero con trastorno tras ser absuelto de abusos en el hospital

Trabajaba en el Infanta Margarita de Cabra desde 1985 y sufrió un trastorno adaptativo tras ser acusado por una auxiliar

Hospital Infanta Margarita de Cabra ABC
Pilar García Baquero

Pilar García Baquero

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La Sala de lo Social del TSJA ha reconocido como accidente laboral el trastorno psíquico a un enfermero egabrense que le ha llevado a la incapacidad laboral permanente sobrevenida tras el daño provocado por una denuncia contra él por abusos sexuales de la que ha sido absuelto de una auxiliar mientras trabajaban en el Hospital de Cabra en 2016.

La pesadilla para J.F., según relata este enfermero a ABC -con cuatro sentencias en la mano que le dan la razón desde el Juzgado de Cabra que lo absolvió hasta el Juzgado de lo Social, la Audiencia Provincial de Córdoba y finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)- empezó en los quirófanos del Hospital Infanta Margarita de Cabra en octubre de 2016, donde llevaba trabajando como enfermero desde 1985 .

La denuncia por abusos de una compañera auxiliar de enfermería por un presunto roce mientras movían a un paciente en una camilla provocó su detención en su casa delante de su hijo de 11 años y de su esposa, y su traslado a la Comisaría de Lucena desde Cabra. «Esa detención, esa hora hasta Lucena, donde me hicieron toda clase de preguntas, me tomaron las huellas, mi ADN sabiendo que no había hecho absolutamente nada fue horrible», cuenta.

De forma paralela, y saltándose todos toda presunción de inocencia, según cuenta J.F., en el Hospital egabrense en el que llevaba trabajando toda su vida, y apenas a unos metros de su domicilio le abrieron un expediente disciplinario -hoy ya extinto-, sin oir su versión, asegura. Ese fue el principio del fin.

«La presunción de inocencia se rompió por parte del SAS en 2016 desde el minuto uno; no me escucharon y mandé hasta tres peticiones para que me atendiera la actual secretaria de Estado de Sanidad del Gobierno, entonces directora del Área de Gestión Sanitaria del Sur de Córdoba, Silvia Calzón Fernandéz, quien firmó la apertura de expediente disciplinario justo el día de los Santos Inocentes , recuerda J.F., el 28 de diciembre de 2016.

Ahí empezó el calvario. «Llevaba toda mi vida en el Hospital de Cabra ayudando a la gente en el quirófano, me hice una casa al lado, y después de 35 años he tenido que abandonar por la puerta de atrás mi profesión , antes de tiempo. Ahora con 59 años me dieron la incapacidad permante total y ahora laboral. El rumor corre, las sentencias que me absuelven no, ¿quién restituye mi honor?», se pregunta.

Los rumores, asegura este enfermero, «en un hospital pequeño y una ciudad como Cabra continuaban porque aunque el Juzgado y la Audiencia Provincial de Córdoba ya se habían manifestado negro sobre blanco con total contundencia en la absolución y hablaba de la subjetividad de la denunciante, mi imagen ya estaba destruida. Estaba estigmatizado ya de por vida».

Un daño moral que según él mismo reconoce se hizo también por estar señalado por la gerencia del hospital entonces en manos del PSOE por ser « liberal de centro derecha, presidente de una asociación ganadera , y del Consejo Económico y Social egabrense, afiliado al PP».

«Más de cinco años después de la denuncia sigo con medicación bestial, mi vida social es prácticamente ninguna...o los vecinos se cambian de acera, y cuando te preguntan ¿cómo estás? es que conocen el asunto al detalle por toda la comarca», lamenta.

Hubo juicio, la acusación particular solicitaba para él más de 6 años de cárcel, pero la sentencia ratificada por la Audiencia Provincial dejaba claro que excluía de cualquier responsabilidad de este enfermero de un delito de abusos, agresión o acoso laboral .

La sentencia penal que absuelve a J.F. recogía que en lugar de esos abusos había existido más bien « una incorrecta interpretación de los mismos por parte de la compañera de trabajo , y resultando acreditada la existencia de un trastorno psíquico por ansiedad que puede relacionarse directamente con la situación vivida por el demandante tras una acusación de este tipo , lo cual es perfectamente verosímil, y sujeto a la lógica, todo ello debe conducir a calificar el proceso de incapacidad temporal como derivado de accidente de trabajo ».

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