SENTENCIA

El TSJA ratifica el testimonio que destapó el caso de las facturas falsas en el Ayuntamiento de Baena

Desestima los recursos que pedían declarar ilegal la declaración del testigo ante la Guardia Civil

Salida de los juzgados de los procesados por el caso de las facturas falsas en el Ayuntamiento de Baena S.N.T.

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado «los recursos de apelación interpuestos por las representaciones procesales de Juan Díaz y Rafael Santano » contra el auto del 13 de octubre de 2015 en el que «se desestimaban las cuestiones previas plantadas (…) acerca de la vulneración del derecho constitucional del derecho de defensa al considerar nula de pleno derecho la inicial declaración de Jesús Gómez ante la Guardia Civil y por conexión de antijuridicidad cuantos medios probatorios se derivan de la misma». Dicha declaración destapó el caso de las facturas falsas en el Ayuntamiento de Baena , que investiga una trama entre dos funcionarios municipales y un empresario que entre 2005 y 2007 idearon un plan para dar mordidas a las facturas municipales.

En el auto, al que ha tenido acceso ABC, se señala que para Díaz y Santano la declaración se prestó «con clara violación del derecho fundamental de la defensa que la vicia de nulidad radical». Por ello, pedían «la nulidad de la declaración policial» y su extensión también a la judicial .

Según este auto de desestimación, «entre aquella declaración en la Guardia Civil y las diligencias judiciales posteriores ninguna vinculación existe entre ellas». Indica que «no puede admitirse la nulidad de la declaración policial se extienda a la judicial, dado que esta fue prestada con todas las garantías procesales y con autonomía» respecto a la declaración ante la Guardia Civil y «expresándose incluso el declarante (Jesús Gómez ) con concisión sobre los hechos y concretando la autoría de los distintos intervinientes en los hechos».

Declaración libre y legal

Así, el auto recoge que Gómez «prestó declaración libre y espontáneamente con todas las garantía legales , no solo ratificando su declaración anterior sino ampliando la misma y sin denunciar algún tipo de engaño o coacción en la aportación de las facturas».

En el escrito del TSJA se recuerda que Jesús Gómez «compareció voluntariamente (ante la Guardia Civil) dando relato no solo de hechos que le podían afectar a él sino también constatando la intervención de otras personas en los hechos» en referencia a Juan Díaz y Rafael Santano, sobre los que señala el auto «en ningún momento se han visto afectados en sus derechos» . Apunta además que «quien podría haber alegado la violación que se denuncia hubiera sido el Sr. Gómez, que ciertamente consintió el auto recurrido».

Por tanto, se confirma el auto de 13 de octubre de 2015 y no cabe recurso contra el auto de desestimación de los recursos de Díaz y Santano.

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