TRIBUNALES
El TSJA confirma la sentencia por la reyerta mortal en el patio Gabriel Celaya de Moreras en 2018 en Córdoba
El tribunal sólo revoca la responsabildiad civil que el padre de la víctima debe pagar a J.J.R.V. por las heridas sufridas
La Audiencia de Córdoba condena a 10 años de prisión al autor confeso del crimen en la reyerta de Moreras
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado los recursos interpuestos a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Córdoba con Tribunal del Jurado en la reyerta mortal del patio Gabriel Celaya de Moreras en el que falleció apuñalado Luis R. el 8 de noviembre de 2018 .
El fallo del TSJA, al que ha tenido acceso ABC, sólo revoca esta sentencia únicamente en cuanto a la indemnización que en concepto de responsabilidad civil derivada de delito ha de satisfacer el padre de la víctima, Manuel R.R. al hermando del condenado por homicidio J.J.R.V. (que recibió un corte en la cara por parte de Manuel R.), fijándola en 8.100 euros, y confirmando la sentencia apelada en el resto de sus pronunciamientos .
Hay que recordar que la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial absolvió a M.J.V.L., madre de los dos hermanos acusados, y condenó Rafael R.V. como autor de un delito de homicidio consumado, con la atenuante de confesión , a 10 años de cárcel , y como autor de un delito leve de lesiones a un mes de multa con una cuota de 6 euros; a Manuel R.R., padre de la víctima, como autor de un delito de lesiones, a 2 años de prisión ; a su esposa y a la madre del autor del crimen, como autoras de un delito leve de lesiones, a un mes de multa con cuota diaria de 6 euros; y a J.J.R.V., como autor de dos delitos leves de lesiones, a la pena principal de un mes de multa con cuota diaria de 6 euros por cada uno.
Contra dicha sentencia se interpuso un recurso de apelación por Rafael R.V., J.J.R.V., M.R., padre de la víctima y R.R.G., madre de la víctima. Por su parte, el Ministerio Fiscal se adhirió parcialmente al recurso de don Juan José R.V. y también parcialmente al de los padres de la víctima.
La sentencia de la Audiencia recogía además que en materia de responsabilidad Civil que Rafael R.V. indemnizará a los tres hijos de la víctima en la cantidad de 60.000 euros a cada uno de ellos , y con 10.000 a cada uno de sus padres.
Asimismo, el fallo condenaba a Manuel R., padre de la víctima a dos años de prisión por un delito de lesiones por el corte que le propinó a J.J.R.V., hermano del autor confeso del crimen, en la cara durante la reyerta. El tribunal contempla además el pago por parte de Manuel R. de una indemnización de 1.680 euros a J.J.R.V., que ahora el TSJA revoca y la estima en 8.100 euros .
Hechos probados por el jurado popular
La sentencia ahora confirmada por el TSJA recoge como hechos probados, que como consecuencia de las desavenencias producidas durante algún tiempo entre las familias enfrentadas, ambas vecinas del patio Poeta Gabriel Celaya, se presentaron denuncias cruzadas.
Y sobre las 9.30 horas del día 8 de noviembre de 2018 , y tras tener conocimiento de las amenazas y agresiones sufridas por el hijo menor de edad de una de las hermanas de las acusados, causadas al parecer por la vícitma, esa mañana se trasladó la tía del menor, junto a los hermanos R.R.V. y J.J.R.V. a dicho patio portando instrumentos peligrosos tales como un cuchillo, una cadena de eslabones metálica y un útil cortante de doble hoja metálica con mango central de madera de diez centímetros, con ánimo de vengar los hechos sobre el hijo de su tia.
Con dicha finalidad, por persona no identificada, se le colocó un cuchillo que portaba en el cuello a Manuel R. y le dirigió la siguiente frase: «Ve a por tu hijo que lo voy a matar , si no te pego aquí una puñalada y te echo las tripas fuera». A continuación, en el callejón de entrada al patio, Manuel R., padre de la víctima mortal en la reyerta, fue agredido por los hermanos J.J.R. y R.R.V., sin causarle lesiones.
Después de lograr zafarse de sus agresores Manuel R., solicitó el auxilio de su esposa y de su hijo Luis , cogiendo él y su hijo de su casa un palo, un cuchillo de cocina y un estilete, con mango de cuerno de venado, y provistos de estas armas, en compañía de su esposa bajaron al patio Poeta Gabriel Celaya donde los esperaban también armados los dos hermanos R.R.V. y J.J.R.V. y su madre.
En ese momento, se inicio una pelea entre los mismos. Como consecuencia de estos enfrentamientos, se produjeron agresiones entre las madres de la víctima y del autor confeso del crimen , de un lado y de otro, con un resultado lesivo que no necesitó más que de la primera asistencia médica .
Durante esta reyerta, en el transcurso de la pelea, se produjo un forcejeo entre J.J.R.V. y el padre de la víctima, Manuel R. , con agresiones mutuas. Manuel causó a J.J.R.V. diversas lesiones corporales consistentes en hematomas y heridas, y le dio un corte en la cara con un cuchillo, que le provocó una herida que necesitó puntos de sutura y cuidados quirúrgicos posteriores.
Por su parte J.J.R.V. forcejeó y propinó golpes a Manuel R. padre de la víctima con los puños y con el palo que éste portaba , el cual le arrebató, sin que haya quedado acreditado que le causase lesiones.
En otro lado del patio, según el fallo, continuaba la pelea entre Luis R. y R.R.V. forcejeando ambos y haciendo uso de armas blancas con agresiones mutuas, donde R.R.V. consiguió agarrar violentamente del cuello a Luis R. y éste a R.R.V. de la cintura, intentando quitarse mutuamente las armas que llevaban.
Actuó «a traición»
Tras intentar Luis R. zafarse de R.R.V, sin conseguirlo, se cayó al suelo un cuchillo, agachándose a cogerlo R.R.V. mientras seguía agarrando del cuello a Luis , y una vez consiguió hacerse con él, le asestó varias puñaladas en diversas partes del cuerpo.
Luis R., por su parte, le asestó a Rafael una puñalada con un estilete con empuñadura en forma de cuerno de venado que llevaba, consiguiendo atravesarle el brazo con la hoja del mismo .
Luis R. falleció a consecuencia de una de las heridas causadas con el cuchillo por R.R.V. , herida penetrante en región lateral izquierda del cuello que afectó en su trayecto a la vena subclavia izquierda, penetrando en cavidad torácica izquierda y afectando al vértice de dicho pulmón.
E l jurado concluyó que no quedaba probado que R.R.V. actuase «a traición», procurando evitar su defensa ni que se asegurase con ello el resultado producido . Tampoco resultó probado que en la muerte de Luis se causaren males innecesarios para la ejecución del resultado muerte o se produjera un dolor añadido.
«No quedó probado que los familiares del principal acusado fueran instigadores o conspiradores del crimen»
No resultó acreditado que RR.V. actuase bajo la influencia de drogas tóxicas o estupefacientes o que actuase en defensa propia o ajena. Pero el tribunal sí ha considerado probado que el R.R.V. procedió a la inmediata confesión de los hechos en el momento de su detención .
Tampoco resultó probada la participación de M.J.V., tía del autor confeso, en la muerte de Luis R. como conspiradora o instigadora ni que fuera autora de las amenazas iniciales del presente relato, ni que profiriese las frases intimidatorias previas a la reyerta («ve a por tu hijo que le voy a matar, sino te pego aquí una puñalada y te echo las tripas fuera»).
El juicio con tribunal popular con seis acusados sentados en el banquillo por esta reyerta mortal concluyó tras dos semanas de vista el pasado 1 de octubre de 2021 en la Ciudad de la Justicia de Córdoba.
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