Tribunales

El TSJA confirma una condena de 17 años de cárcel a un varón que intentó estrangular a su expareja en Córdoba

El sentenciado ha sometido a la víctima a años de violencia física y psíquica, acoso y agresiones constantes

Ciudadd de la Justicia de Córdoba ABC

S.L.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a 17 años de cárcel a un varón por siete delitos , como maltrato, quebrantamiento de condena, amenazas, allanamiento, lesiones, daños y tentativa de homicidio supuestamente cometidos sobre la madre de su hijo de dos años, a la que presuntamente intentó estrangular y tendrá que indemnizar con más de 7.000 euros.

Según recoge la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el Alto Tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del hombre, si bien contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS).

Entre los fundamentos de derecho, el TSJA expone que «la actuación del acusado durante los años anteriores a la denuncia ha seguido un 'leiv motiv' de violencia física y psíquica , maltrato, agresiones y acoso» sobre la víctima, «que culminó con un grave ataque físico con riesgo para la vida de la joven».

Entre los episodios que el tribunal considera probados destaca uno que ocurrió sobre las 21.00 horas del día 6 de septiembre de 2018 cuando el acusado dio a la mujer un cabezazo en la frente delante del niño y le agarró por el cuello con el antebrazo derecho, conminándola a que dejara de chillar, hasta que ella comenzó a tener espasmos por asfixia, y éste la liberó.

«Te voy a matar»

Al día siguiente, el acusado volvió al domicilio de la víctima, que se encontraba con dos amigas. Tras conseguir entrar en el piso (ellas pensaron que se trataba del repartidor de pizzas al que esperaban), se fue para el salón donde la mujer estaba con su hijo en brazos haciendo caer al suelo a ambos y colocándose sobre la espalda de la víctima y le dijo «te voy a matar» , a la vez que «inició una maniobra de estrangulamiento», golpeando la cabeza contra el suelo.

Una de las amigas cogió al niño y salió de casa a pedir ayuda mientras la otra intentaba socorrer a su amiga, incluso con un cepillo de barrer y tirándole un elefante de cerámica, sin éxito.

Al instante, el acusado le dio la vuelta a la víctima oprimiendo con sus dos manos el cuello practicándole una pinza bronco-antebraquial que de haberse prolongado algunos minutos más le hubiera provocado la muerte, porque sí logró que se desvaneciera.

En este momento, mientras forcejeaba con la amiga de la víctima, ésta logró coger un trozo del elefante de porcelana del suelo y herir en el costado al procesado, quien al verse herido, abandonó la vivienda descalzo sin zapatillas, dejando éstas en la vivienda.

El tribunal considera que la pinza braquial-antebraquial realizada por el acusado representó «un manifiesto riesgo de muerte por asfixia», tanto para el aire a los pulmones, como por su «potencialidad para interrumpir el flujo sanguíneo al encéfalo».

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