Tribunales

El alcalde de Nueva Carteya recurrirá al TSJA su inhabilitación durante doce años

La Audiencia Provincial lo condena por prevaricación por «dimitir de sus deberes legales» ante el caso de ruidos

El alcalde de Nueva Carteya, Vicente Tapia, durante el juicio Valerio Merino

Marta Baena

Vicente Tapia, alcalde de Nueva Carteya , confirmó ayer a ABC a través de una fuente de su partido ( Izquierda Unida ) que va a recurrir la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que le condena a la inhabilitación de cargo público durante los próximos doce años , lo que le obliga a dejar su actual puesto al frente del consistorio carteyano tras el revés judicial por el caso de los ruidos que durante una década soportó una familia de la localidad de un salón de celebraciones anexo a su domicilio.

El alcalde , que lleva en su cargo desde el año 2007 , ha sido condenado por ser «autor criminalmente responsable del delito de prevaricación administrativa genérico del artículo 404 del Código Penal» y por eludir sus «obligaciones legales» ante las denuncias reiteradas que se llevan acumulando desde hace diez años de la citada familia. Tanto el propietario del salón de celebraciones como el propio Ayuntamiento, a quien se le pedía responsabilidad civil subsidiaria, han sido absueltos de los cargos que pesaban sobre ellos.

Como avanzó el martes este periódico, la sentencia que firma como ponente el magistrado Francisco Sánchez-Zamorano entiende que Tapia «hizo tabla rasa de todas sus competencias al no dictar ninguna resolución» al respecto de la problemática, «cuando tenía el deber de hacerlo» contra la actividad que estaban realizando las carpas de este salón de bodas , situado apenas a ocho metros de la residencia de la familia afectada.

Hasta 35 denuncias llegaron a registrarse, motivo por el que se procedió a la apertura de diligencias pues, además, desde 2016 la mujer afectada ha tenido que ser tratada por trastorno adaptativo con depresión, que parece remitir «en función de la disminución del ruido». Por esta falta de acción se dictamina que el alcalde «dimitió de sus deberes legales» dejando así actuar al dueño del negocio de manera «incívica y egoísta».

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