Tribunales

El Supremo resuelve que los apartamentos turísticos no están obligados a tener aire acondicionado

El decreto de la Junta de Andalucía exigía este requisito para regularizar los apartamentos para turistas

Dos tu istas con maletas a las puertas de un piso turístico Isabel Permuy

I. C.

El Tribunal Supremo ha tumbado el recurso presentado por la Junta de Andalucía contra la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que daba la razón a la Asociación de Viviendas de Uso Turístico ( Apartsur ) al declarar la nulidad de un apartado del decreto de apartamientos y viviendas con fines turístico s que establecía la obligatoriedad de disponer de aparatos de aire acondicionado y calefacción en las habitaciones y salones de los pisos.

La Junta de Andalucía había incluido este requisito como imprescindible para la regularización de los apartamentos argumentando razones de interés general, una exigencia que el TSJA consideró « desproporcionada » y « contraria a derecho dado que no es ningún caso un requisito de habitabilidad» de las viviendas y alertaba sobre la posibilidad de reportar ventajas para unos competidores frente a otros. Los servicios jurídicos de la Junta presentaron un recurso de casación que llegó al Supremo, que ha fallado en contra.

El Supremo estima que hay que tener en cuenta la distinta climatología que afecta a los núcleos de población del territorio del que se ocupa la normativa, es decir, de Andalucía. «En algunos municipios de las costas mediterráneas y atlánticas haría prescindible contar con ese tipo de instalaciones, en contraste con otras poblaciones del interior en las que se dan temperaturas extremas en verano y en invierno», defiende el fallo judicial. No tiene sentido, defiende, exigir un aparato de aire acondicionado a un apartamento situado en la Sierra.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación