TRIBUNALES
El Supremo rebaja en ocho meses la pena para un maltratador cordobés
Secuestró a su hija y a su exmujer, a la que propinó puñetazos mientas leía mensajes de móvil de su nueva relación sentimental
![Sede del Tribunal Supremo de España en Madrid](https://s2.abcstatics.com/media/andalucia/2016/06/25/s/tribunal-supremo-cordoba-k7JC--620x349@abc.jpg)
El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado en ocho meses la pena de diez años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Córdoba a un hombre acusado de secuestrar a su hija mayor de edad y a su exmujer en el domicilio de él, a las que tuvo atadas de pies y manos y con un calcetín y una bola de papel en la boca, mientras propinaba puñetazos en la cara a su excónyuge, a quien arrebató el móvil para ver y leer en voz alta, delante de la hija, los mensajes de WhatsApp recibidos de otro hombre con el que su expareja había iniciado una relación.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TS condena al varón a una pena de nueve años y dos meses de cárcel, concretamente cinco años y dos meses de prisión por el delito de detención ilegal de su exesposa, en concurso medial con delitos de lesiones en el ámbito familiar, contra la integridad moral, quebrantamiento de medida cautelar , descubrimiento y relevación de secretos, y a otros cuatro años de cárcel por el delito de detención ilegal de su hija.
Acceso a los mensajes del móvil
Al respecto, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial consideró que el delito de descubrimiento y revelación de secretos, consistente en el acceso a los mensajes del móvil de la mujer, « debía castigarse de forma autónoma », si bien el Supremo lo incluye dentro del concurso de delitos de los que fue víctima la exmujer.
En este sentido, el TS destaca que «el acusado consiguió su propósito de que la hija común conociese las intimidades de la madre con su nueva pareja sentimental y humillar así a ésta delante de la hija», a lo que añade que «si uno de los medios de los que se valió para tal propósito fue precisamente apoderarse del contenido de los mensajes de su móvil leyéndolos en voz alta en presencia de la hija, se dan los presupuestos del concurso medial conforme la jurisprudencia expuesta al potenciar el trato vejatorio y degradante ».