Coronavirus Córdoba
Así será el uso del pasaporte Covid en residencias y hospitales hasta el próximo 15 de enero
El TSJA autoriza este documento obligatorio para mayores de 12 años en el acceso a esos centros y la posibilidad de prorrogar la medida si fuera necesario
Cómo descargar el pasaporte o certificado Covid en Andalucía en solo cinco minutos y con el móvil

Desde este pasado martes y hasta el 15 de enero de 2022 será necesario presentar el pasaporte Covid para acceder a los hospitales y residencias de mayores de la provincia de Córdoba. Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) , a petición del Gobierno autonómico.
Según la orden a la que ha dado luz verde el alto tribunal andaluz, la finalización del estado de alarma el 9 de mayo de 2021 «no ha puesto fin a la declaración de emergencia de salud pública realizada por la OMS y de ahí la necesidad de que, en base a la normativa estatal y autonómica, la Comunidad Autónoma de Andalucía, atendiendo a la situación epidemiológica actual, deba seguir avanzando en medidas preventivas concretas adoptadas por la autoridad sanitaria ante situaciones de riesgo grave para la salud pública provocadas por la pandemia».
De este modo, las personas mayores de 12 años, visitantes y acompañantes de pacientes hospitalizados en centros sanitarios con internamiento o de personas residentes en centros sociosanitarios residenciales , podrán acceder a los mismos, ya sean centros de titularidad pública o privada, siempre que dispongan de un certificado Covid-19 o prueba diagnóstica emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado.
La Junta justifica esta medida en que, si bien la cobertura vacunal es elevada, «aún existe un número importante de personas en Andalucía que no la poseen, consolidándose la tendencia ascendente de incidencia acumulada de coronarvirus para las próximas semanas, todo ello dentro de un contexto donde puede existir una penetración de variantes del SARs-CoV-2 que disminuyan la eficacia de las vacunas».
En este sentido, aunque los vacunados pueden contagiar, «se han aportado ya estudios en los que se concluye que la condición de vacunado disminuye la probabilidad de transmisión ».
Se excluye su aplicación respecto del acceso de las personas acompañantes de pacientes en el ámbito de las consultas hospitalarias o el servicio de urgencias igualmente hospitalarias.
Así, para entrar en un hospital, centro sociosanitario o residencia se deberá presentar el certificado emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado en que garantice alguno de estos tres requisitos:
•Que la persona que quieran acceder a los citados centros recibió la pauta completa de una vacuna contra la Covid-19. Para facilitar a los usuarios de centros sanitarios y residencias la entrada, la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía amplía las prestaciones de la aplicación Salud Andalucía incluyendo un lector de códigos QR a través del cual es posible verificar la validez del certificado Covid de la Unión Europea.
•Que dispone de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos. En el caso de los test rápidos de antígenos, deberán estar enumerados en la lista común y actualizada de test rápidos de antígenos de la COVID-19 establecida sobre la base de la Recomendación 2021/C 24/01, del Consejo de Europa.
•Que se recuperó de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses . Para ello, la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado de la Covid-19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, y no es válido otro tipo de test.
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